Los Mandamientos y Las Revelaciones


Quienes estén interesados en la Doctrina y Convenios, necesitan subirse las mangas y empezar a sacar el tesoro del más reciente volumen de Los Documentos de José Smith, publicado, hace poco mas de un mes, el 22 de septiembre de 2009. Este imponente volumen de tamaño extra grande: “Manuscript Revelation Books” [Los Manuscritos de los Libros de las Revelaciones] (Salt Lake City: Church Historian Press, 2009), reproduce los manuscritos originales de las revelaciones en su tamaño y color reales. El diseño y la encuadernación son excelentes. El libro es un tesoro en sí mismo, pero el contenido es oro puro.
Los editores de este volumen particular son Robin Scott Jensen, Robert J. Woodford y Steven C. Harper (mi colega en Educación Religiosa). Tan solo los ensayos de introducción valen el precio de cien dólares.
Esta semana, la revista BYU Studies publicó su mas reciente ejemplar (48, núm. 3), que contiene ensayos excelentes de los editores y de Grant Underwood (del Departamento de Historia en BYU) en los que resaltan el descubrimiento del manuscrito de “A Book of Commandments and Revelation” [Un Libro de Mandamientos y Revelación] (págs. 7-17), un repaso de la historia del manuscrito hasta su publicación en el Libro de Mandamientos de 1833, y en la Doctrina y Convenios en 1835, (págs. 18-52), un comentario de la importancia de los manuscritos (págs. 53-66), y un repaso de la forma en que el manuscrito nos puede ayudar a entender el “proceso por el cual José Smith recibió, registró y publicó” sus revelaciones (págs. 67-84). Agregada a estos cuatro extraordinarios ensayos se encuentra una respuesta de Ron Romig, ex-archivista de la Comunidad de Cristo, (págs. 85-91).

“El Libro de Mandamientos y Revelaciones (LMR) tendrá una enorme influencia en el estudio concienzudo de las primeras revelaciones mormonas” (pág. 53). Y eso definitivamente es verdad. Su trabajo, junto con el de sus co-editores, les proporcionará a los historiadores actuales y futuros una oportunidad de examinar estas importantes fuentes originales sin tener que viajar a Salt Lake City, a Independence, o a Provo. El impacto de esta publicación sobre nuestro comprensión de la carrera profética de José Smith, por ahora, no puede ser apreciado por completo. Sin embargo, BYU Studies ha empezado a analizar seriamente el manuscrito del Libro de Mandamientos y Revelación y los resultados aparecerán durante los próximos años y décadas. Si ya tiene los libros Manuscritos de los Libros de Mandamientos, entonces necesita adquirir el último número de BYU Studies; ya que es una contribución importante y valiosa a nuestra comprensión de los Documentos de José Smith.

El siguiente discurso se publico antes del la publicación de los documentos de José Smith
Los descubrimientos en el proyecto de los documentos de José Smith



Por Robert J. Woodford

El Proyecto de los Documentos de José Smith es una obra de volúmenes múltiples que pondrá a la disposición del público mas de cuatro mil documentos relacionados con José Smith, que incluye periódicos, diarios, correspondencia, discursos, revelaciones, historia escrita y documentos legales. Este es un trabajo de proporciones monumentales que se hizo posible solamente por la generosa cooperación de la Biblioteca de la Historia de la Iglesia, varias universidades, bibliotecas, sociedades históricas, y grupos religiosos que son quienes tienen en su posesión dichos documentos. La obra terminada permitirá que las personas interesadas estudien los documentos originales sin tener que viajar a las distintas localidades en las cuales están guardados, ayudando a preservar estos documentos del deterioro que es una consecuencia natural del manejo hecho por los investigadores.
Los primeros dos volúmenes de la serie documental del Proyecto de los Documentos de José Smith contienen mas de cien revelaciones, la mayoría de ellas están en la Doctrina y Convenios.
Otros dos colegas y yo fuimos los editores de dichos volúmenes que incluyen las revelaciones recibidas hasta 1833. Otros editores están revisando el material que se recibió después de 1833. El haber tenido un mayor acceso a los manuscritos y a los primeros escritos ha aumentado nuestro conocimiento con respecto a la redacción, la edición y la publicación de las revelaciones.
Un propósito de este artículo es el presentar un vistazo de algunos de los descubrimientos que se consideran importantes e interesantes, aunque los detalles relativos a ellos estarán disponibles cuando se publiquen los volúmenes. Otro propósito es el demostrar las técnicas que desarrollamos y que han mejorado nuestra capacidad de comparar y fechar los múltiples documentos relacionados con las revelaciones en particular.
A fin de que todos los lectores tengan un antecedente común, se presentan sin referencias ni comentarios adicionales, los siguientes hechos bien documentados:
José Smith muy rara vez escribió las revelaciones que se le dieron, mas bien se las dictó a escribientes.
En el verano de 1830, José Smith y John Whitmer empezaron a organizar las revelaciones que ya había recibido; por lo tanto se hicieron copias de los originales.
Desde el principio, los manuscritos de las revelaciones también fueron copiadas por miembros y misioneros de la Iglesia, de esta forma, se multiplicaron las copias de los manuscritos.
Muy pocos manuscritos originales de las revelaciones se pueden identificar positivamente.
José Smith modificó las revelaciones para corregir errores y para adecuarlas al conocimiento revelado posteriormente y al crecimiento de la Iglesia.
En noviembre de 1831, José Smith y otros élderes de la Iglesia decidieron imprimir las revelaciones en Missouri. La recopilación iba a ser titulada “Un Libro de Mandamientos para el Gobierno de la Iglesia de Cristo” pero es conocida comúnmente como el “Libro de Mandamientos”. Para publicarlas, José Smith revisó las revelaciones y les hizo correcciones según se necesitó.
La publicación del Libro de Mandamientos terminó el 20 de julio de 1833, cuando los enemigos destruyeron la imprenta y tiraron las hojas del libro.
Varias personas encuadernaron ejemplares incompletos del Libro de Mandamientos para su uso personal.
El 24 de septiembre de 1834, el sumo consejo de Kirtland, Ohio, acordó que José Smith y otros reunieran las revelaciones por segunda vez para publicarlas. En esa época se hizo una edición mayor a las revelaciones.
El 17 de agosto de 1835, se presentó la Doctrina y Convenios a la Iglesia en una conferencia y fue aceptada como la palabra del Señor para Su pueblo.
La edición de 1835 de la Doctrina y Convenios contenía siete “Lecturas Sobre la Fe” y 103 revelaciones.
Ediciones posteriores (en particular las de 1844, 1876, y 1981) aumentaron el número de revelaciones.
Las “Lecturas Sobre la Fe” fueron eliminadas en la edición de 1921.
Método de Investigación con Respecto a las Revelaciones
Al preparar las revelaciones para el Proyecto de los Documentos de José Smith, se usó como base del texto el manuscrito completo más antiguo de cada revelación, y todos los demás se citaron apropiadamente en las notas de las fuentes.. Algunas ocasiones fue muy difícil determinar cual era la primera versión . En esos casos se examinaron los eventos históricos conocidos, a los escribas, y los textos mismos a fin de hacer una determinación. Aún así hay un puñado de revelaciones para las cuales solamente pudimos hacer “la mejor suposición” con respecto a cual de los manuscritos era el primero.
Con respecto a las variaciones en el texto de las revelaciones, estas son muy preocupantes, especialmente si las diferencias son de importancia doctrinal. Las variaciones son reales, pero una discusión adecuada de ellas está fuera de los alcances de este documento. Los volúmenes publicados comentan las variaciones que son significativas. Es importante tomar nota que esas alteraciones solamente tienen valor histórico, y que la edición actual de la Doctrina y Convenios es el único texto autorizado de estas revelaciones.
Establecer un Texto Uniforme
Más de un erudito del Libro de Mormón han escrito acerca de las diferencias en el texto que hay entre diferentes ejemplares de la edición de 1830 del Libro de Mormón. Royal Skousen nos ayuda a contestar la pregunta sobre cómo es que suceden dichas diferencias. El impresor de la edición de 1830 del Libro de Mormón prepararía la tipografía para una sección de 16 páginas a la vez, (cada sección es llamada ‘una firma’). Luego imprimía cinco mil copias de esa firma; enseguida preparaba la tipografía de otra firma y la imprimía y así sigue el proceso. Mientras imprimía las firmas, el impresor buscaba errores examinando una de las hojas impresas. Después de revisar las 16 páginas, paraba la prensa, corregía los errores en los tipos, y seguía imprimiendo las hojas para esa firma. Sin embargo, las hojas que ya se habían impreso pero que tenían errores no fueron desechadas, sino que las usaron cuando se encuadernaron los ejemplares del Libro de Mormón, aunque algunas tuvieran errores menores. Para algunas firmas el impresor paraba la prensa más de una vez (en un caso fueron cinco veces) si es que encontraba más errores en la tipografía. Por otra parte, para algunas de las firmas, nunca se paró la prensa y dichas firmas son iguales en todo el tiraje. Skousen, al revisar mas de cien ejemplares de la edición de 1830, no ha podido hallar dos ejemplares idénticos en lo referente a todos los cambios al imprimirlos.1
Ahora se puede escribir un artículo con respecto al mismo tipo de diferencias encontradas en las distintas copias del Libro de Mandamientos. Siempre hemos sabido que hay al menos tres portadas diferentes entre las copias que aún existen, pero ahora sabemos que también hay diferencias en el texto. Aunque las diferencias son menores, es importante que al menos se establezca una norma contra la cual se puedan comparar todos los otros textos. Los editores del Proyecto de los Documentos de José Smith han seleccionado el ejemplar del Libro de Mandamientos que fue donado por Wilford Woodruff yque se encuentra en la Biblioteca de la Historia de la Iglesia.
Comparación del Texto.
Desarrollamos un método interesante para comparar los distintos textos de una sola revelación que ha llegado a conocerse como “alineaciones”. Pusimos un renglón del texto mas antiguo en una hoja y debajo de ese el texto similar de todos los otros documentos en el orden apropiado, y se repite el proceso hasta el fin de la revelación. El ejemplo I viene de la última parte de Doctrina y Convenios 4 y contiene un manuscrito y tres versiones publicadas: El Libro de Mandamientos y las ediciones de 1835 y 1844 de la Doctrina y Convenios. Las variaciones mayores ocurrieron entre el Libro de Mandamientos y la edición de 1835 de la Doctrina y Convenios. José Smith coordinó al grupo que trabajó en la edición de 1835, y los cambios fueron hechos bajo su dirección. Los miembros de la Iglesia sostuvieron la edición de 1835 como la palabra del Señor para ellos.
Ejemplo I
MS1133 atesora para sí que no perece sino que trae salvación a su propia alma & fe
BC atesora para sí que no perece, sino que trae salvacion a su alma, y fe,
DyC 35 atesora para sí que no perece, sino que trae salvación a su alma, y fe,
DyC 44 atesora para sí que no pereces, sino que trae salvación a su alma, y fe,
MS1133 esperanza caridad & amor con la mira en la gloria de Dios lo constituye para la obra.
BC esperanza, caridad, y amor, con la mira en la gloria de Dios, lo califican para la obra.
DyC 35 esperanza, caridad, y amor, con la mira en la gloria de Dios, lo califican para la obra.
DyC 44 esperanza, caridad, y amor, con la mira en la gloria de Dios, lo califican para la obra.
MS1133 tened presente la templanza la paciencia
BC 2. Tened presente la templanza, la paciencia,
DyC 35 2. Tened presente la fe, la virtud, el conocimiento, la templanza, la paciencia, la
bondad fraternal,
DyC 44 2. Tened presente la fe, la virtud, el conocimiento, la templanza, la paciencia, la bondad fraternal,
MS1133 humildad diligencia & C. Pedid & recibiréis llamad & se os abrirá amén
BC humildad, diligencia, & c. pedid y recibiréis, llamad y se os abrirá: Amén
DyC 35 piedad, caridad, humildad, diligencia. Pedid y recibiréis, llamad y se os abrirá. Amén.
DyC 44 piedad, caridad, humildad, diligencia. Pedid y recibiréis, llamad y se os abrirá: Amén.
Ejemplo 2. En el siguiente ejemplo, mucho más complejo, de un renglón de Doctrina y Convenios 42, se compararon 6 copias de manuscritos contra cinco publicaciones: PT (Painesville Telegraph, septiembre de 1831), EMS (Evening and Morning Star, julio de 1832), BC (Book of Commandments [Libro de Mandamientos], julio de 1833), y las ediciones de 1835 y 1844 de La Doctrina y Convenios. Los documentos se organizaron poniendo primero al que se identificó como el más antiguo. (Las abreviaciones usadas para identificar los manuscritos son internas y no daremos mayores explicaciones aquí. En los volúmenes que se publiquen, serán identificadas por completo.)
El texto de nuestra actual Doctrina y Convenios apareció por primera vez en el manuscrito BkA, fechado el otoño de 1831. Es obvio que los manuscritos ZC y JW se copiaron uno del otro o que tuvieron una fuente común que pueda indicar un texto anterior, menos pulido. El que se anota como BCR, que es el manuscrito del cual se imprimieron los EMS y BC, muestra ediciones posteriores, las cuales son iguales que las versiones impresas. Es interesante indicar que, aunque el BCR es el texto que ha sido identificado como el más antiguo, usamos el RWD como base del texto debido a que incluye un grupo de material que no se encuentra en ninguno de los otros.
Ejemplo 2
BCR tenga [tiene] autoridad & sepa la Iglesia que tenga [tiene] autoridad & que ha
RWD tenga autoridad & sepa la iglesia que tiene autoridad y que ha
PT tenga autoridad, y sepa la iglesia que tiene autoridad, y que ha
BkB tenga autoridad & sepa la Iglesia que tiene autoridad & que ha
BkA tiene autoridad & sepa la Iglesia que tiene autoridad & que ha
ZC tiene autoridad & que ha
EMS tiene autoridad, y sepa la iglesia que tiene autoridad, y que ha
BC tiene autoridad, y sepa la iglesia que tiene autoridad, y que ha
JW tiene autoridad, y que ha
DyC 35 tiene autoridad, y sepa la iglesia que tiene autoridad, y que ha
DyC 44 tiene autoridad, y sepa la iglesia que tiene autoridad, y que ha
Fechando las Revelaciones
Ahora podemos fechar las revelaciones con mayor precisión que nunca antes. La mayoría de las que se encuentran en la Doctrina y Convenios están fechadas exactamente, pero hemos encontrado algunas que tienen errores —en su mayoría, pequeños— sin embargo, son importantes e interesantes. En la siguiente lista de dichas revelaciones, la fecha que se escribe entre paréntesis es la que se encuentra en la actual edición de la Doctrina y Convenios:
Sección 10 (verano de1828). Aunque las dos fechas que se habían asignado a esta revelación fueron primero mayo de 1829 y después verano de 1828, ahora nos sentimos confiados de que si esta no es una composición de más de una revelación que se juntaron posteriormente, la fecha correcta es abril de 1829, poco después de la llegada de Oliverio Cowdery el 5 de abril. Aun si fuera una combinación, abril de 1829 es la fecha que mas se aproxima a cuando se juntaron para formar la revelación como la conocemos hoy en día.
Sección 20 (abril de 1830). Aunque lo esencial de la sección 20 se escribió a lo largo de casi un año, ahora sabemos que la versión que se encuentra en la edición actual de la Doctrina y Convenios se escribió el 10 de abril de 1830.
Sección 23 (abril de 1830). Esta sección actualmente es una combinación de cinco revelaciones que se imprimieron en el Libro de Mandamientos. En ese libro se les puso la fecha 6 de abril de 1830. Aunque esa fecha específica no volvió a aparecer en las ediciones posteriores de la sección 23, es importante el que ahora sabemos que el 6 de abril no pudo ser la fecha en que se recibió, y la que se imprimió en el Libro de Mandamientos estaba equivocada. Esto quita parte de la base de los argumentos que usan algunos para decir que el lugar de la organización de la Iglesia fue en Manchester, no en Fayette, Nueva York.
Sección 27 (agosto de 1830 y el resto el siguiente septiembre). Esta sección es una combinación de cuando menos dos revelaciones distintas, y las fechas que se les fijaron varían entre julio y septiembre de 1830. Podemos decir con certeza que la primera parte se recibió a principios de agosto de 1830. No existe ninguna versión completa ya sea manuscrita o impresa, anterior a la edición de 1835; sin embargo, la evidencia apunta a septiembre de 1830 como la fecha para la segunda parte.
Sección 35 (diciembre de 1830). Ahora tenemos suficiente evidencia de que esta revelación se recibió el 7 de diciembre de 1830.
Sección 36 (diciembre de 1830). Ahora sabemos que esta revelación se recibió el 9 de diciembre de 1830.
Sección 40 (enero de 1831). La primera revelación para James Covill (DyC 39) se recibió el 5 de enero de 1830, y ahora sabemos que ésta se recibio al día sigueinte o sea 6 de enero. También tenemos evidencia de que James Covill era un predicador metodista, no bautista.
Sección 42 (9 de febrero de 1831). Los estudiosos de la Doctrina y Convenios siempre han sabido que la Doctrina y Convenios 42 es un compuesto de dos revelaciones, una recibida el 9 de febrero de 1831, y la otra el 23 de febrero. Pero lo que generalmente no se conoce es que hay una parte de esta sección que nunca se ha publicado y que otra parte fue eliminada de la impresión en el Libro de Mandamientos.
Sección 48 (marzo de 1831). Ahora podemos fechar exactamente esta sección el 10 de marzo de 1831.
Sección 49 (marzo de 1831). Aunque la Doctrina y Convenios actual tiene la fecha en marzo de 1831, podemos mostrar que realmente se recibió el 9 de mayo de 1831.
Sección 50 (mayo de 1831). La fecha exacta de esta revelación es el 9 de mayo de 1831.
Sección 51 (mayo de 1831). Ahora podemos mostrar que esta revelación esta fechada el 20 de mayo de 1831.
Sección 52 (7 de junio de 1831). Ahora aceptamos el 6 de junio de 1831 como la fecha de esta revelación, no el 7de junio como está en la actual Doctrina y Convenios.
Sección 53 (junio de 1831). Ahora fechamos esta sección el 8 de junio de 1831.
Sección 54 (junio de 1831). Esta sección se puede fechar el 10 de junio de 1831.
Sección 55 (junio de 1831). La fecha aceptada ahora es el 14 de junio de 1831).
Sección 56 (junio de 1831). Ahora podemos fechar esta revelación el 15 de junio de 1831.
Sección 63 (fines de agosto de 1831).Hay evidencia de que esta revelación fue dada el 30 de agosto de 1831.
Sección 65 (octubre de 1831). Ahora podemos establecer esta fecha como 30 de octubre de 1831.
Sección 66 (25 de octubre de 1831). Ahora sabemos que la fecha es 29 de octubre de 1831.
Secciones 1, 67 a 70; una parte de la sección 107; y sección 133. Estas revelaciones se recibieron durante una larga conferencia a principios de noviembre de 1831. Por medio de una investigación muy extensa, ahora podemos mostrar que se recibieron en el orden siguiente:
Sección 68 (noviembre de 1831) 1 de noviembre
Sección 1 (1 noviembre de 1831) 1 de noviembre
El Testimonio de los Testigos del Libro
de Mandamientos 1 de noviembre
Sección 67 (noviembre de 1831) 2 de noviembre
Sección 133 (3 de noviembre de 1831) 3 de noviembre
Sección 69 (noviembre de 1831) 11 de noviembre
Sección 107: 59 -100 varias partes
(25 de marzo de 1835) 11 de noviembre
Sección 70 (12 noviembre de 1831) 12 de noviembre
El testimonio de los Testigos del Libro de Mandamientos no estaba incluído en el libro que no se terminó; sin embargo, una modificación de él se incluyó en la edición de 1835 como el Testimonio de los Doce Apóstoles.2 Ambos testimonios se incluyeron en la Introducción de la Doctrina y Convenios en la edición de 1921 y todas las siguientes. El Testimonio de los Testigos al Libro de Mandamientos fue quitado a partir de la edición de 1981.
Sección 74 (enero de 1832). Esta fue una real sorpresa para quienes pensaban que esta revelación se recibió cuando José Smith estaba trabajando corrigiendo el texto de la Biblia. En realidad, esta sección se recibió en alguna fecha a finales del año 1830, y no en enero de 1832 cómo se halla en todas las ediciones de la Doctrina y Convenios. Probablemente se originó por comentarios acerca del bautismo de los niños.
Sección 78 (marzo de 1832). Ahora fechamos esta sección el 1 de marzo de 1832.
Sección 79 (marzo de 1832). Esta sección ahora esta fechada el 12 de marzo de 1832.
Sección 80 (marzo de 1832). Corrija esta fecha al 17 de marzo de 1832.
Sección 81 (marzo de 1832). 15 de marzo de 1832.
Sección 84 (22 y 23 de septiembre1832). Doctrinas y Convenios 84 siempre se ha fechado así, pero ahora sabemos que el punto de separación está entre los versículos 102 y 103.
Sección 94 (6 de mayo de 1833). La fecha de recibida es ahora 2 de agosto de 1833.
Sección 95 (1 de junio de 1833). Ahora aceptamos el 3 de junio de 1833 como la fecha correcta.
Sección 99 (agosto de 1832). Ahora aceptamos el 29 de agosto de 1832, como la fecha correcta.
Sección 101 (16 de diciembre de 1833). Esta revelación se escribió el 16 y 17de diciembre 1833.
Las revelaciones posteriores a la sección 101 se recibieron después de 1833; por lo tanto, están mas allá del trabajo que hemos hecho en las revelaciones de 1828 a 1833.
Conectar las Revelaciones con Eventos Históricos
Los siguientes son solamente ejemplos del entendimiento que se adquiere cuando se conectan los eventos que rodean la recepción de cada revelación con el mensaje del texto.
Sección 20. Pregunta: ¿Cómo es que una revelación escrita durante el mismo mes en que se organizó la Iglesia tiene información con respecto a los élderes presidentes, los obispos viajantes, los del sumo consejo, los sumos sacerdotes, los presidentes, el sumo consejo, y obispos (vv 66-67) si esos oficios fueron revelados años después?
Respuesta: En las ediciones de 1876 hasta la de 1920, había un asterisco antes del versículo 65 con una nota al pie de la página que decía: “Los versículos 65, 66, y 67 se agregaron un tiempo después que los demás.” Ninguno de los manuscritos de la sección 20 incluye esos versículos, y la versión impresa más antigua que los tiene es la edición de 1835 de la Doctrina y Convenios.
Sección 45. Pregunta: ¿Cuál es la relación entre Doctrina y Convenios 45 y Mateo 24, que ahora está impreso en la Perla de Gran Precio? Aún con una lectura superficial, es obvio que la sección 45 también reporta la profecía del Monte de los Olivos de Mateo 24.
Respuesta: La sección 45 se recibió el 7 de marzo 1831, y no se dio en conexión con el trabajo que José Smith hacía en la Traducción de la Biblia, sino para contrarrestar las “muchas noticias falsas y disparates” (véase la introducción de DyC 45). En esa fecha, José Smith estaba trabajando en el texto del Antiguo Testamento, no el Nuevo Testamento.
Muchos de los conversos a la Iglesia en Ohio en 1830-31, habían seguido a Alexander Campbell en su rechazo de los credos de la cristiandad y en sus esfuerzos para restaurar el orden antiguo de las cosas. Conocidos como “Los Discípulos”, creían que las reformas iniciadas por Campbell provocarían el Milenio. De acuerdo con Amos S. Hayden, uno de los historiadores y predicadores del movimiento, “La restauración del antiguo evangelio era visto como el movimiento inicial, el cual se creía que se esparciría tan rápido que acabaría con las denominaciones existentes; que el pueblo verdadero, que se creía que Cristo tenía entre las sectas, cuando se le presentaran estas evidencias de las escrituras, las aceptarían de inmediato, formando así la tan ansiada unión de los cristianos,” lo cual constituiría el Milenio.3 Esos discípulos que llegaron a ser Santos de los Últimos Días vieron confirmada su fe en su expectativa inminente del milenio, porque ahora creían que Dios había intervenido y que había restaurado el “orden verdadero” por medio de José Smith
Muchas de las revelaciones recibidas por José Smith, incluyendo esta, tenían que ver con temas escatológicos. La escatología de los Santos de los Últimos Días, con su visión de la destrucción inminente de los inicuos y el triunfo milenario de los justos, brindó un consuelo poderoso ante la oposición. La prensa local escéptica de la época, de vez en cuando publicaba “falsos reportes, mentiras y disparates” y los miembros de la Iglesia “tenían que luchar contra todo lo que el prejuicio y la iniquidad inventaran”, pero José Smith escribió que esta revelación se recibió “para la alegría de los santos” con su enfoque temático en los tiempos finales.4
Lo que hace que esta revelación sea significativa es que presenta otro relato del mensaje del Salvador a Sus discípulos en el Monte de los Olivos (Mateo 24), en el cual se resuelve la muy larga controversia cristiana con respecto a las fechas de estos eventos. Un punto de vista era que los eventos predichos se habían cumplido en la generación del Nuevo Testamento; otra interpretación los coloca al final de los tiempos. Esta revelación aclaró que algunos de los eventos sucedieron poco después de la muerte del Salvador y que los otros acontecerán justo antes del Milenio. La intensidad y lo específico de la revelación también sirvieron para confirmar a los conversos en sus sentimientos de que estaban viviendo realmente en el final, aún los últimos días.
Sin embargo en los versículos 60 y 61 de la sección 45 se revela lo siguiente: “Y ahora bien, he aquí, os digo que no os será permitido saber más concerniente a este capítulo, sino hasta que sea traducido el Nuevo Testamento, y en él se darán a conocer todas estas cosas; por tanto, ahora os concedo traducirlo, a fin de que estéis preparados para las cosas que vendrán.” Al día siguiente 8 de marzo, José Smith y Sidney Rigdon empezaron a trabajar en el Nuevo Testamento, y en cuestión de días llegaron a Mateo 24. Evidentemente sintieron la necesidad de comunicar a los Santos esta parte de la Traducción de José Smith tan pronto como fuera posible, por lo que se publicó y distribuyó un folleto. Los primeros misioneros llevaron copias a Inglaterra y cuando Franklin D. Richards publicó por primera vez en 1851 la Perla de Gran Precio, incluyó el folleto y desde entonces ha tenido un lugar en ese volúmen .
Secciones 48 y 68. Pregunta: ¿Cómo es que estas revelaciones de 1831 tienen texto referente a la Presidencia de la Iglesia si la Presidencia del Sumo Sacerdocio se formó un año después en marzo de 1832 y la Primera Presidencia de la Iglesia se formó en marzo de 1833?
Respuesta: Antes de 1835, la sección 48 decía: “y entonces comenzaréis a congregaros con vuestras familias, cada hombre según su familia, de acuerdo con sus circunstancias y como le sea designado por el obispo y los élderes de la iglesia, conforme a las leyes y mandamientos que habéis recibido, y que recibirés más adelante. Así sea. Amén” (versículo 6; énfasis agregado).5
De igual manera la sección 68 decía: “Por lo tanto, será un sumo sacerdote que sea digno y será nombrado por una conferencia de sumos sacerdotes (versículo 5; énfasis agregado).6 Los versículos 16 al 21 también mencionan a esta presidencia; pero dichos versículos fueron agregados a la revelación en marzo de 1835. Los verículos 22 y 23 decían: “Y otra vez, ningún obispo o juez que fuere apartado para este ministerio ha de ser juzgado ni condenado por delito alguno, sino ante una conferencia de sumos sacerdotes; y si es hallado culpable ante una conferencia de sumos sacerdotes por testimonio irrefutable, será condenado o perdonado, de acuerdo con las leyes de la iglesia” (énfasis agregado).7 Tales modificaciones a las revelaciones reflejan una organización creciente según se expandía la Iglesia tanto en territorio como en su membresía.
Sección 64, versículo 27. El versículo 27 dice: “He aquí, en mis leyes está dicho, o sea prohibido, contraer deudas con vuestros enemigos” Pregunta: ¿Donde se encuentra en las escrituras este consejo?
Respuesta: Originalmente estaba como parte de la sección 42 pero fue eliminado posteriormente. Decía: “4ª ¿Cuál es el deseo del Señor con respecto a que tuviéramos tratos con el mundo y cómo debíamos conducirnos con ellos? No contraerás deudas con ellos & otra vez, los Élderes y el Obispo se reunirán en consejo & obrarán de acuerdo a las instrucciones del espíritu en lo que sea necesario”.8
Sección 77. Pregunta: ¿Por qué la sección 77 da interpretación solamente para los primeros once capítulos del libro de Apocalipsis?
Respuesta: El 16 de febrero de 1832, al trabajar en la Traducción de la Biblia por José Smith, el Profeta y Sidney Rigdon recibieron “Una Visión” (véase DyC 76). Esta revelación fue dada mientras revisaban Juan 5 y porque el mensaje del versículo veintinueve hizo que “se maravillaran”. Desde el principio de la traducción, escribieron cada versículo en su totalidad. Por alguna razón, cambiaron este sistema que tomaba mucho tiempo en el siguiente capítulo, y desde allí en adelante el manuscrito de la de la Traducción de José Smith solamente contiene texto nuevo o que fue modificado. Este cambió les permitió acelerar su revisión de la Biblia, y en las siguientes cinco semanas casi terminaron el trabajo en el Nuevo Testamento. El 20 de marzo terminaron los primeros once capítulos de Apocalipsis. También en esa fecha, José Smith recibió una revelación que nunca ha sido publicada en la Doctrina y Convenios. Una parte dice:
Segundo finalizaremos la traducción del Nuevo Testamento antes de que nos vayamos a Sión o esperamos hasta que regresemos
Es conveniente dice el Señor que no haya demoras y así dice el Señor, para el bien y beneficio de la iglesia por lo tanto omitid la traducción por el momento
20 de marzo de 1832 en Hyrum9
José Smith escribió: “En relación con la traducción de las Escrituras, recibí la siguiente explicación del Apocalipsis o la Revelación de San Juan” (véase la introducción de la sección 77). Puesto que la sección 77 está fechada en marzo de 1832, es muy probable que llegó en los días previos al 20 de marzo, que es cuando los dos hombres se esforzaban en entender y corregir ese libro sumamente simbólico. Incluye explicaciones solamente para los primeros once capítulos porque el resto del libro se corrigió en junio después de que el Profeta regresara de Missouri. Entre paréntesis, no existen manuscritos de explicaciones adicionales para los últimos capítulos.
Secciones 81, 90, 107. Pregunta: ¿Cómo podemos reconciliar la secuencia inversa de los eventos en estas revelaciones?
Respuesta: En la sección 81, fechada en marzo de 1832, a Frederick G. Williams se le indican sus deberes como consejero del Presidente del Sumo Consejo. En la sección 90 versículo 6, dado un año después en marzo de 1833, fue llamado a ese puesto. En la sección 107, fechada el 28 de marzo de 1835, el Señor revela en los versículos 65-66 que debe haber un Presidente del Sumo Sacerdocio. (Se infiere, que cualquier consejero del Presidente sería llamado después de que se reveló el oficio). De allí que, la secuencia es lo opuesto de lo que esperaríamos: se revela el puesto, se llama al individuo, y luego se delinean sus deberes.
La última frase de la introducción de la sección 107 nos indica que en realidad esta sección está compuesta de varias revelaciones, con una parte escrita tan temprano como noviembre de1831. Los versículos 65-66 son parte de ella, y por lo tanto el oficio de Presidente del Sumo Sacerdocio fue revelado en noviembre de 1831. Menos de tres meses después, el 25 enero de 1832, en una conferencia de la Iglesia en Amhurst, Ohio, José Smith fue sostenido y ordenado Presidente del Sumo Sacerdocio (véase la introducción de la sección 75). Menos de dos meses después, José Smith llamó a dos consejeros en la Presidencia, Jesse Gause y Sidney Rigdon.10 Durante el mismo mes, el 15 de marzo de 1832, José Smith recibió la sección 81 en la que se le explican a Jesse Gause, no a Frederick G. Williams, sus deberes como consejero (véase la introducción de DyC 81). Gause apostató a fines de 1832, y Williams fue llamado a reemplazarlo en marzo de 1833. (Véase DyC 90: 6). En esa fecha se quitó el nombre de Gause en la sección 81 y se insertó el de Williams. (Es posible escribir el nombre de un consejero actual de la Primera Presidencia debido a que los deberes se aplican a quienes hayan servido a través de los años).
Aunque la secuencia en la Doctrina y Convenios parece ser la opuesta, los acontecimientos históricos muestran que el oficio y los llamamientos dentro de la Presidencia del Sumo Sacerdocio se efectuaron en el orden corrrecto.
Revelaciones no Publicadas
Algunas revelaciones nunca han sido publicadas, pero ahora estarán mas accesibles para los miembros de la Iglesia gracias al Proyecto de los Documentos de José Smith. Estas incluyen las siguientes:
1.- Una revelación con respecto a José Smith padre, Ezra Thayre, y Frederick G. Williams. Williams era un granjero y doctor en herbolaria en Kirtland y fue convertido por los “Misioneros Lamanitas” en noviembre de 1830 y entonces los acompañó en su misión a Missouri. Los registros de terrenos de Kirtland muestran que Williams tenía 75 y 67 acres de terreno en dos “manzanas” contigüas de 105 acres. Aparentemente, antes de salir para Missouri en el otoño de 1830, Williams puso sus terrenos a disposición de la Iglesia, para sus propósitos de ésta. Aunque José Smith conoció a Williams hasta julio de 1831, cuando llegó a Missouri para dedicar el lugar para la Nueva Jerusalén (véase la sección 57), esta revelación le aconseja al Profeta de manera específica a utilizar algunos de los terrenos de Williams.
A fines de agosto de 1831, cuando José Smith regresó de Missouri, Williams, Ezra Thyre, y José Smith padre, estaban involucarados en problemas de terrenos que necesitaban ser resueltos. Una revelación recibida el 11 de septiembre (DyC 64: 21) trató estos problemas. Finalmente, en una conferencia de élderes efectuada en Kirtland el 10 octubre de 1831, se resolvió el problema. En las minutas existentes de esa conferencia, solamente tenemos las decisiones, no los pormenores de la disputa. La Iglesia debía proporcionarle a la familia Williams una morada confortable. José Smith padre, se encargaría de la administración de la granja y de la distribución de sus productos. La familia Thayre podría quedarse en donde estaban hasta la primavera. Y la conferencia reprendió tanto al padre del Profeta como a Ezra Thayre por “la manera incorrecta en que se han portado en este asunto”. No se logró la solución de manera sencilla según se nos muestra por la decisión de que Thayre “sea reprendido duramente por la falta de respeto con la que ha tratado a esta conferencia.” La conferencia le autorizó al obispo agente Newell K. Whitney (véase DyC 63: 42-45) que presentara el caso de la familia Williams “ante la iglesia” y se asegurara que se les otorgara moradas confortables “de acuerdo con los mandamientos del Señor”, redacción que se refiere claramente a esta revelación.11
2.- Los “Artículos de la Iglesia de Cristo” por Oliverio Cowdery. Este es un manuscrito de tres páginas escrito en la letra de Oliverio Cowdery que cita extensamente del Libro de Mormón, en particular del libro de Moroni. El documento empieza así: “Un mandamiento de Dios a Oliverio sobre cómo debe edificar su iglesia & la forma de hacerlo,” y termina con las palabras, “Escrito en el año de nuestro Señor y Salvador de 1829— Una copia verídica de los artículos de la Iglesia de Cristo”.12
Este documento tiene una conexión inequívoca a la sección 20 , los Artículos y Convenios de la Iglesia de Cristo. Todas las citas directas y las menciones del Libro de Mormón en dicho documento se encuentran también en la sección 20.
A principios de junio de 1829, con la traducción del Libro de Mormón casi terminada, y sabiendo de las declaraciones recién reveladas de que la iglesia de Cristo se establecería de nuevo sobre la tierra, José Smith dictó una revelación que contiene “instrucciones concernientes a la edificación de la iglesia de Cristo, de acuerdo con la plenitud del evangelio” (DyC 18). Una parte de esa revelación fue dirigida a Oliverio Cowdery. Allí se le instruye para dirigir la predicación del evangelio porque “os hablo a vosotros como a Pablo, mi apóstol ...” porque había sido llamado con el mismo llamamiento que él [Pablo] (DyC 18: 9) y en preparación para la futura “edificación de la iglesia de Cristo,” y parece que también se le invitó a que preparara un resumen de la política de la Iglesia “confiando en las cosas...escritas” en el Libro de Mormón.
3.- Evidentemente se recibió una revelación concerniente a obtener los derechos de autor del Libro de Mormón en Canadá, y por lo tanto en todo el Reino Unido. Nunca ha estado disponible el texto de esta revelación, por lo que, quienes han escrito al respecto, lo han hecho en base a hechos incompletos. Ahora podemos arrojar luz adicional acerca de esta revelación que nunca ha sido publicada. Las explicaciones adicionales tendrán que esperar hasta que se publiquen los volúmenes.
4.- Existe una supuesta revelación fechada el 17 julio de 1831, en la cual se invita a los élderes de la Iglesia a que se casen con las “lamanitas”. Se trata de una reconstrucción hecha unos treinta años después con muchas inconsistencias anacrónicas. En el Proyecto de los Documentos de José Smith, se imprime esta revelación en el apéndice debido a que no se puede establecer satisfactoriamente su origen. En el apéndice se acompañan los argumentos que muestran las razones para rechazarla en la forma en que está escrita.
Conclusión
Los volúmenes del Proyecto de los Documentos de José Smith se publicarán a lo largo de una década o más. Afortunadamente, los primeros dos volúmenes de la Serie Documental, que contienen la mayoría de las revelaciones, estarán entre las primeras publicaciones. La evidencia bien documentada y sus detalles, que aparezcan en esos volúmenes, verificarán lo que hemos investigado aquí, así como muchos tópicos que están más allá del alcance de este documento. Los estudiosos e investigadores del futuro tendrán a su disposición la fuente más comprehensiva concerniente a la recepción, el registro, y la publicación de las revelaciones que jamás haya existido. Aunque su presentación será muy erudita, quienes reconocen a José Smith como un profeta de Dios también encontrarán en los volúmenes bastante evidencia para confirmar su fe.
“Discoveries from the Joseph Smith Papers Project: Early Manuscripts” [Los Descubrimientos en el Proyecto de los Documentos de José Smith: Primeros Manuscritos] por Robert J. Woodford, en The Doctrine and Covenants: Revelations in Context [La Doctrina y Convenios: Las revelaciones en Contexto] editores Andrew H Hedges, J. Spencer Fluhman, y Alonzo L. Gaskill (Provo y Salt Lake City: Deseret Book y Centro de Estudios Religiosos . Universidad de Brigham Young, 2008), páginas 23 a 39

Notas
1. Comunicación personal de Royal Skousen. Para mayor información véase su History of the Text of the Book of Mormon [Historia del Texto del Libro de Mormón], volúmen 3 del Libro de Mormón (próximo a publicarse por el Instituto Maxwell en BYU).
2. Doctrina y Convenios, edición de 1835, página 256.
3. Early History of the Disciples in the Western Reserve [Primera Historia de los Discípulos de la Reserva Occidental] por Amos S. Hayden (Cincinnati: Chase and Hall, 1876), página 183.
4. Papers of Joseph Smith [Documentos de José Smith] editado por Dean C. Jeese (Salt Lake City: Deseret Book, 1989), 1: 350
5. Libro de Mandamientos 51: 6
6. Evening and Morning Star, octubre de 1832, página 35.
7. Evening and Morning Star, octubre de 1832, página 35.
8. Symonds Ryder Manuscript [El Manuscrito de Symonds Ryder], MS 4583, caja 1, legajo 13, 1831, Biblioteca de la Historia de la Iglesia en Salt Lake City.
9. Manuscrito de una página en la letra de Sidney Rigdon, Los Documentos de Newel K. Whitney, Colecciones Especiales L. Tom Perry, en la Biblioteca Harold B. Lee de la Universidad de Brigham Young
10. Kirtland Revelation Book [El Libro de Revelaciones de Kirtland] páginas 10-11
11. Para mayor información, véase “Frederick Granger Williams of the First Presidency of the Church” [Frederick Granger Williams de la Primera Presidencia de la Iglesia] por Frederic G. Williams, en BYU Studies volúmen 12, número 3, (Primavera 1972): páginas 243-260.
12. MS 1829, Biblioteca de la Historia de la Iglesia.

"Las Leyes de la Iglesia de Cristo" (DyC 42): Un Análisis del Texto y su Historia
Por Grant Underwood
Grant Underwood es Profesor de Historia en la Universidad de Brigham Young y uno de los editores de los Documentos de José Smith.
El 2 de enero de 1831, "en presencia de toda la congregación" de la Iglesia de Cristo reunida en una conferencia trimestral en Fayette, Nueva York, José Smith recibió la "palabra del Señor."1 La revelación le mandó a los Santos que se trasladaran "a Ohio" e incluyó la siguiente declaración: "y allí os daré mi ley" (DyC 38: 32). En cumplimiento de esta promesa, el 9 de febrero de 1831, unos días después de que José y Emma Smith llegaron a Ohio, doce élderes "fueron convocados, y unidos en poderosa oración, y estuvieron de acuerdo, en lo respecta a la Ley."2 En esa ocasión, José recibió las "Leyes de la Iglesia de Cristo," o simplemente "la Ley" que es como era conocida comúnmente entre los Santos.3 Dos semanas después, José le escribió a Martín Harris: "Desde que llegamos aquí, hemos recibido las leyes del Reino y los discípulos de estos lugares las han recibido con alegría."4 Al día siguiente, 23 de febrero, El Profeta y siete élderes se reunieron para determinar "la forma en que los élderes de la Iglesia de Cristo deben actuar sobre los puntos de la Ley."5 Como resultado, se registraron varios párrafos de instrucción adicionales, que comprenden lo que hoy es Doctrina y Convenios 42: 74-93. Las revelaciones de esos dos días constituyen lo que hoy es la sección 42, el tema de este estudio. Lo que sigue es un análisis del texto y el contenido de este importante documento. En todo este estudio, aunque las citas de las revelaciones se tomaron de los primeros manuscritos, para facilidad de la referencia, debido a la variación en la forma de dividir por versículos y en numerar las revelaciones en los primeros años, se citarán las secciones y números de versículos de la actual Doctrina y Convenios.
Análisis del Texto
Aunque prácticamente ninguna de las copias de los dictados originales de las revelaciones que recibió José Smith han sobrevivido, en muchas instancias existen copias de los manuscritos que fueron preparadas antes de la publicación original. A la fecha, existen cinco copias de la Ley, que se sabe que fueron registradas antes de julio de 1832, que es cuando los primeros impresores de la Iglesia en Missouri publicaron la primera parte en The Evening and Morming Star al que los primeros Santos de los últimos Días se referían como "the Star").6 Solamente uno de los cinco manuscritos incluye todo el texto dado en las fechas 9 y 23 de febrero (ver la gráfica adjunta) pero todos tienen el material del 9 febrero que es considerado el núcleo de la Ley, o sean los versos 11 al 69 en la Doctrina y Convenios actual. De los cinco manuscritos, tres de ellos contienen texto revelado en ambos días, lo que indica que los copistas percibieron una relación natural entre la articulación inicial de la Ley del 9 de febrero y las instrucciones con respecto a "como actuar sobre la ley" registradas el 23 de febrero. Aunque los impresores en Missouri decidieron publicar por separado en el Libro de Mandamientos el material de cada día (no lo habían hecho así en uno de los dos extractos que publicaron el año anterior en la Star), la Primera Presidencia a cargo de compilar la Doctrina y Convenios en 1835, consideró que ambas revelaciones estaban conectadas y las publicaron como una sola sección. No se hizo mención de su naturaleza compuesta en el encabezado de la sección (y tampoco se ha hecho en ninguna de las ediciones siguientes de la Doctrina y Convenios) y se anotó la fecha de recepción como el 9 de febrero de 1831. 7
Composición de las Versiones que se Conocen de la Sección 42, Anteriores a 1835
Además del hecho poco conocido de que la sección 42 contiene material recibido con dos semanas de separación, hay otro aspecto poco conocido. La parte recibida el 9 de febrero parece que consiste de respuestas a cinco preguntas específicas presentadas por José Smith y sus colegas. Aunque estas preguntas no fueron incluídas en las versiones publicadas de las revelaciones, dos de los cinco manuscritos las tienen, y nos ofreces perspectivas valiosas acerca de cómo está organizada y del contenido de esta sección. Las cinco preguntas y el orden textual en que se enmarcan son:
    1. "¿Debe la Iglesia congregarse en un lugar o permanecer como están en cuerpos separados?" (Contestada en los versículos 1 al 10);
    2. "¿[Cuál es] la Ley que regula a la Iglesia en su situación actual hasta el tiempo de su congregación[?]" (Contestada en los versículos 11 al 69);8
    3. "¿De que manera deben procurar por sus familias los élderes que estén proclamando el evangelio o de otra forma ocupados en el servicio de la Iglesia?" (Contestada en los versículos 70 - 73);9
    4. "¿Cuál es el deseo del Señor con respecto a que tuviéramos tratos con el mundo y cómo debíamos conducirnos con ellos?" (contestada en varias frases que fueron eliminadas cuando se publicó la Doctrina y Convenios);
    5. "¿Qué preparativos debemos hacer para nuestros hermanos del este y cuando y cómo?" (Fue contestada también con texto que fue eliminado cuando se publicó la Doctrina y Convenios).
La última parte de la Ley, registrada dos semanas después el 23 febrero 1831, también está en unidades separadas: versículos 74 -77 y 78-93 . Antes de ser publicadas en la Doctrina y Convenios, estas dos unidades aparecían en orden inverso en cada manuscrito o publicación que las contenía. Por tanto, el documento concluía siempre con los versículos 74-77. La siguiente gráfica muestra las distintas combinaciones de las siete unidades de texto que se encontraron en cada uno de los manuscritos o publicaciones anteriores a 1835 que aún existen. En cada instancia, los siete grupos contienen precisamente el mismo material textual, lo que demuestra que, constantemente, los percibían como unidades de texto distintas.
          VERSIONES VERSíCULOS ACTUALES
          Ryder (1831) 1-10, 11-69, 70-73, *, **, 78-93, 74-77
          Whitmer (1831) 1-10, 11-69, 70-73, *, 74-77
          Gilbert (1831) 1-10, 11-69, 70-73, *
          Courier (septiembre 1831) 1-10, 11-69
          Coltrin (enero 1832) 11-69
Hyde (1832) 11-69, 70-73, *, 78-93, 74-77
                    Star (julio 1832) 11-69, 70-73, 74-77
                  Star (octubre 1832) 78-93
          Libro de Mandamientos 1-10, 11-69, 70-73, *,
capítulo 44 (1833)
                  Libro de Mandamientos 78-93, 74-77
capítulo 47 (1833)
                    Williams (1834) 74-77
* El material en la cuarta y la quinta unidades de texto no se incluyó en ninguna impresión posterior a la del Libro de Mandamientos de 1833.
** Este manuscrito contiene dos párrafos cortos de material exclusivo.
El manuscrito de Symonds Ryder es de particular importancia no solamente porque es una de las primeras copias de la Ley sino también porque es único en dos aspectos. Primero, como se ve en la gráfica, es la única copia del manuscrito que contiene todo el texto dado en ambos días. Segundo, y quizás mas significativo, el manuscrito Ryder contiene dos párrafos pequeños, de algunas 160 palabras, de texto adicional que no aparecen en ningún otro manuscrito o versión impresa. Aunque el manuscrito Ryder ha estado en posesión de la Iglesia por mas de cuarenta años, dichos dos párrafos pasaron inadvertidos y aparecen mas abajo en letra impresa por primera vez.10 El primer párrafo, en realidad una frase larga, sirve como puente entre el material recibido el 9 de febrero y el que se registró el 23 de febrero:
23 Febrero 1831, las reglas y normas de la La forma en que los élderes
de la iglesia de Cristo deben actuar sobre los puntos de la Ley dada por Jesucristo
a la Iglesia en presencia de doce élderes élderes el 9 de febrero de 1831 según se acordó
    por siete élderes el 23 de febrero de 1831 de acuerdo a a [sic] los mandamientos de Dios?11
Pese a su brevedad, esta declaración nos ofrece conocimiento importante acerca de las diferencias entre lo que fue registrado en esas dos fechas. Aunque la grámatica (en el inglés) es poco práctica, la declaración informa que la Ley fue recibida el 9 de febrero en la presencia de doce élderes y que lo que se agregó el 23 de febrero, cuando estuvieron presentes siete élderes, era una guía inspirada divinamente sobre cómo actuar en los puntos de la Ley. Es más, la frase "según se acordó por siete élderes", puede implicar algo mas que la sola ratificación de lo que recibió José Smith el 23 de febrero. Es posible que los siete élderes tuvieron un rol activo al ayudar al Profeta a definir los procedimientos registrados ese día y que se convertirían en los versículos 78-93 y 74 -77. Esta posibilidad es fortalecida por el hecho de que la declaración en el manuscrito de Ryder dice que sus acciones fueron "de acuerdo a los mandamientos de Dios," lo que parece referirse a una instrucción recibida por los élderes unos días antes en la sección 43 y que pudo haberles dado los ímpetus para la reunión: "un mandamiento os doy, que al estar reunidos anotaran con una pluma como actuar...sobre los puntos de mi ley... Y así esto será una ley para vosotros."12 Esto es precisamente lo que ocurrió el 23 de febrero, y debido a que tales decisiones de procedimiento llegaron a ser "una ley para" la Iglesia, se combinaron con el material del 9 de febrero en un solo documento.
Originalmente, este documento compuesto consistía de algunas 2395 palabras (en inglés). Debido a que no han sobrevivido las copias de los documentos del dictado de la Ley recibida el 9 y el 23 de febrero, es imposible hacer un conteo exacto de palabras o saber con absoluta certeza que decían los originales. Sin embargo, hay consistencia considerable en la redacción de los cinco copias de los manuscritos existentes. Aún en las pocas instancias en las cuales hay alguna discrepancia, por lo general tres o cuatro de los manuscritos están redactados de manera idéntica. Esto concede una confianza razonable acerca de la posible redacción original, o al menos a la redacción de una versión muy temprana de la cual se copiaron estos manuscritos. Esta redacción temprana consensuada (RTC) y el conteo de palabras que hace posible, nos proporcionan una base para las comparaciones que siguen.
Cuando se publicó la Ley en la Doctrina y Convenios en 1835, consistía de 2622 palabras.13 Eso representa aproximadamente un aumento neto de 230 palabras contra la 2395 en la RTC. Este aumento de 9.6 por ciento vino por la eliminación de 220 palabras y la adición de mas o menos 450 palabras nuevas. La mayoría de estas revisiones se hicieron entre septiembre de 1834, cuando fue asignada la Primera Presidencia para preparar la Doctrina y Convenios, y septiembre de 1835, que es cuando el libro salió de la imprenta. Sin embargo, algunas redacciones se hicieron antes de noviembre de 1831, cuando se examinaron y revisaron las revelaciones en preparación para su publicación en el Libro de Mandamientos. Aunque tratar de evaluar la razón para cada cambio, es subjetivo, en términos generales se pueden dividir entre las que aclaran el significado y las que cambian el significado. En la primera categoría se eliminaron algunas 110 palabras y se reemplazaron con algunas 300, para un aumento neto de 190, o un 8 por ciento de aumento en la versión de la Ley en la Doctrina y Convenios. Dichas correcciones van desde lo gramatical hasta lo conceptual, siendo esto último, que intenta dar mayor claridad o ajustar el tono del mensaje, lo que incluye el mayor número de las nuevas palabras. Aproximadamente un 20% de las palabras que se agregaron incluyen explícitamente el género femenino (por ejemplo; "él o ella " u "hombre o mujer").
Otros cambios modifican el significado original, por lo general al actualizar la revelación para ajustarla a las nuevas políticas o a medida que se desarrollaba la organización eclesiástica. Si el aumento total de la Ley entre la RTC y la versión en la Doctrina y Convenios es 9.6 por ciento y 8 por ciento aclara el significado, parecería que solo deja 1.6 por ciento para los cambios de significado; sin embargo, esto es engañoso. En contraste con la categoría de "aclarar el significado" en donde virtualmente todas las eliminaciones se pueden identificar con cambiar la palabrería; la mayoría de las nuevas palabras en la categoría de "cambio de significado" dan nueva información y no son afectadas por la redacción anterior y por lo tanto no requirieron ser eliminadas. Cerca de 150 nuevas palabras en la versión de Doctrina y Convenios se pueden categorizar en el cambio de significado y se pueden asociar solamente con 15 palabras eliminadas de la RTC, para un aumento neto de 135 palabras. Por tanto, el 5.6 por ciento en el tamaño del aumento en la revelación se puede atribuir a modificaciones que cambian el significado. La discrepancia de 4 por ciento entre el 9.6 por ciento de aumento neto y el 13.6 por ciento que resultan al combinar las categorías de "aclarar el significado" y la de "cambiar el significado" se reportan porque los editores de la Doctrina y Convenios quitaron todo el texto de las unidades 4 y 5 (ver la gráfica). Esto representa algunas 95 palabras, o sea el 4 por ciento de la RTC que fue eliminado para, propiamente, cambiar la Ley. En el análisis final, lo que resulta sorprendente no es que se hayan hecho cambios, sino que mas del 85 por ciento del contenido y la fraseología de la Ley fueran adecuadas para una iglesia en expansión varios años después de su articulación inicial. Es significativo que no haya registro de oposición a los cambios que se hicieron. Parece que los Santos aceptaron que los cambios se hicieron por la misma inspiración que produjo el texto original.14
Las siguientes secciones comentan las revisiones significativas que produjeron el texto final de la Ley, anotando las interpretaciones de la época. Es una obra de reconstrucción histórica, y no de prescripción teológica. Los lectores que traten de entender las prácticas SUD modernas o la última interpretación de la Ley, deberán buscar en otras partes. Dentro de la comunidad SUD se entiende que el dar teología autorizada es una prerrogativa de los profetas y los apóstoles. Por tanto, el enfoque que presentamos es histórico y no teológico o pastoral.
D Y C 42: 1-10
Ganamos conocimiento significativo acerca del primer grupo de texto si volvemos a los dos párrafos exclusivos del manuscrito Ryder, específicamente el segundo párrafo que ofrece un raro vistazo del entendimiento inicial al darnos una revisión y reafirmación de los versículos 1al 10:
El primer mandamiento de la ley enseña que todos los élderes deben
ir a las regiones del oeste y trabajar para edificar la Iglesia para Cristo
en dondequiera que ellos quien les reciba y obedezcan
el Evangelio de Jesucristo excepto José [Smith] y Sidney [Rigdon] y
Edward [Partridge] y a quienes el Obispo asigne para ayudarle en sus
deberes de acuerdo con la Ley que hemos recibido este mandamiento
es especial para esos élderes que han sido enviados al oeste y para el
tiempo presente para que los élderes regresen según sean guiados por
el Espíritu Santo!
Declaraciones resumidas como esta, por su propia naturaleza, nos dan un espacio muy útil para interpretar el texto. Como se registró inicialmente, el "primer mandamiento" en la Ley les manda a los élderes "salir en mi nombre cada uno de ustedes excepto mis siervos José y Sidney y les doy el mandamiento de que salgan por un corto tiempo y les será dado por el poder de mi espíritu cuando deban regresar" (v 4).15 ¿Quienes son "los" que deben salir por un corto tiempo y regresar cuando los guíe el Espíritu? El antecedente inmediato son José y Sidney, pero el párrafo de resúmen en el manuscrito Ryder interpreta que "los" son los élderes y libera a José y a Sidney de esta misión proselitista . No está claro si el párrafo refleja el entendimiento apropiado para una declaración ambigua o si hubo un cambio de planes para el Profeta y Sidney durante las dos semanas transcurridas. Sin embargo, finalmente no hay evidencia histórica de que José y Sidney hayan salido en ese época, aunque fuera por corto tiempo.
El párrafo Ryder contiene otras dos interpretaciones dignas de tomarse en cuenta. El 9 de febrero se les dijo a los élderes: "Iréis a las regiones del oeste y en tanto que halléis a mis discípulos edificaréis mi iglesia." Un miembro de la iglesia actual podría leer la última parte del pasaje como una instrucción para buscar a los miembros que estuvieran aislados geográficamente y organizarlos en una rama de la Iglesia. En la realidad, "mis discípulos" parece que se refiere a los cristianos de quienes Jesús sabe que son sus discípulos y que por lo tanto se esperaba que aceptaran el evangelio restaurado cuando les fuera presentado. Esta forma poco usual de identificar a tales personas se parece a una referencia hecha a "mi iglesia" en la sección 10. En ella, "mi iglesia", al igual que "mis discípulos" parece que identifica a los devotos seguidores de Cristo en cualquiera (o ninguna) organización religiosa. La revelación promete que "si los de esta generación no endurecen sus corazones, estableceré entre ellos mi iglesia" (DyC 10: 53) Entonces se hace esta declaración poco usual: "Ahora, no digo esto para destruir mi iglesia, sino para edificarla. Por lo tanto, quienes pertenecen a mi iglesia no necesitan temer, porque los tales heredarán el reino de los cielos" (DyC 10: 54-55). En la fecha en que se dijo esto, no existía la iglesia restaurada en la tierra, y no estaría sino hasta el siguiente año. Por tanto, "mi iglesia" parece que se refiere a una hermandad espiritual conocida solo por Dios que consistía de personas, sin que importara su afiliación institucional, pero cuyas creencias y comportamiento privados los calificaban para ser miembros en ella, y quienes, al igual que "mis discípulos" se esperaba que recibieran la plenitud del evangelio y heredaran el reino de los cielos.
Poco después, cuando se estaba preparando la Ley para su publicación en el Libro de Mandamientos, la frase "mis discípulos" fue reemplazada con "quienes os reciban". Esta aclaración cambia el énfasis de una etiqueta que se puede interpretar de varios formas, a las acciones que son inconfundibles. Es interesante que una aclaración similar apareció primero en el párrafo Ryder en el cual los élderes debían "edificar iglesias para Cristo en dondequiera que ellos quien los reciba."
El párrafo Ryder también declara mas claramente que en el original que la misión asignada a los élderes era "su responsabilidad" solamente por "un corto tiempo." John Whitmer registró que "después que se recibió la Ley o la Revelación, los élderes salieron a proclamar el arrepentimiento de acuerdo con el mandamiento, y que varios se agregaron a la iglesia."16 Uno de los élderes, John Corrill, reportó que él y su compañero "fueron a New London [Nuevo Londres] a mas o menos cien millas de Kirtland, y allí, en tres semanas, levantaron una Iglesia de treinta y seis miembros.... Otros élderes procedieron a erigir iglesias en varios lugares y la obra aumentó muy rápido." 17
D y C 42: 11-69
Esta unidad de texto constituye el núcleo de la Ley. De hecho, algunos manuscritos y fuentes impresas reservan la designación de "la Ley" únicamente a esta unidad en particular. El encabezado para el capítulo del Libro de Mandamientos que tiene estas dos unidades de texto las separa como "una revelación dada a doce élderes reunidos en Kirtland, Ohio; y también la ley para el gobierno de la iglesia, dada en presencia de los mismos."18 La pregunta que originó este grupo de texto pregunta sobre "la Ley que regula a la Iglesia en su situación actual," y varios manuscritos reducen el encabezado simplemente a "La Ley" o "Las Leyes". Por lo tanto, no es de sorprender que del material registrado el 9 de febrero, solamente esta unidad de texto, los versículos 11 al 69, se incluyan en cada uno de los primeros cinco manuscritos.
Además de establecer el código moral de la Iglesia, este texto trata varios puntos incómodos que habían estado perturbando al joven rebaño en Ohio. Primero, en un esfuerzo por controlar el caos carismático que José Smith encontró a su llegada, la Ley aclara que nadie puede funcionar en la enseñanza del evangelio a menos que haya sido "debidamente ordenado" por la autoridad eclesiástica reconocida (vers. 11). Tampoco un llamado interno ni un don espiritual eran suficientes para nombrar a alguien al ministerio, y que aún los ministros debidamente llamados serían eficaces solo al grado en que fueran auxiliados por el Espíritu Santo: "conforme el Espíritu los dirija...y si no recibís el Espíritu, no enseñaréis" (versículos 13-14).
Algunos meses después de que se recibiera la revelación, William E. McLellin que estaba recién convertido nos dejó una descripción de lo que significaba enseñar sin el Espíritu: "Me puse de pie e intenté predicar, pero no pude, no tenía ánimo para eso, no recordaba nada, y en verdad había perdido el espíritu de Dios. Siendo que estaba confuso, me senté y le dije al hermano H que él predicara porque yo no podía."19 La necesidad de la ayuda del Espíritu Santo era vital en una iglesia populista que renunciaba a la educación formal para el ministerio y confiaba a las personas comunes la obra de evangelización. Como el historiador Richard Bushman indica: José Smith mismo era un hombre sencillo sin experiencia para predicar, [y él] confió en hombres comunes para que llevaran el mensaje. En una época de democracia, los Mormones surgieron como los mas demócratas de todas las iglesias, igualados solamente por los Cuáqueros."20
Después de comentar sobre los requisitos para el ministerio, la revelación cambia de los élderes a los miembros: "He aquí, hablo a la iglesia" (vers. 18). Aquí se reafirma la visión ética de los Diez Mandamientos, ya que se incluyen algunos mandatos en contra del asesinato, el robo, la mentira, el adulterio, y causar daño al prójimo. La revelación resume dichas normas morales así: "Tu sabes que mis leyes en mis escrituras...Si me amas, me servirás y guardarás todos mis mandamientos" (versículos 28-29).
Enseguida la Ley trata la organización económica de la Iglesia, en parte para corregir los esfuerzos, bien intencionados pero mal aplicados, de algunos conversos de Ohio que habían formados grupos comunales llamados "Familias" a fin de imitar a los primeros cristianos al tener "todas las cosas en común" (Hechos 2: 44).21 En lugar de la vida en comunidad practicada por estos conversos, se revelaron ciertos principios en la Ley que se entendieron como la raíz de como fue que el Enoc bíblico pudo lograr que su pueblo fuera "uno en corazón y voluntad" y que no hubiera "pobres entre ellos"(Moisés 7: 18). Estos principios incluyeron la "socialización de los ingresos extras, la libertad de empresa, y la auto-suficiencia económica del grupo."22 La clave para la aplicación de estos principios fue la "consagración," una palabra que en la terminología religiosa de la época quería decir "apartar, asignar o dedicar para el servicio y adoración de Dios" las posesiones y aun la propia vida.23 La visión del Profeta acerca de la consagración coincidió con la efloración de la experimentación utópica en la Historia Americana. En esta época, grupos tan diversos como los Cuáqueros o la Sociedad para la Armonía, buscaban mejorar la vida social y económica de la gente por medio de la asociación comunitaria.24 La consagración proveyó una base teológica para compartir los recursos a fin de efectuar la migración inminente de los Santos de Nueva York y su ubicación en Ohio y para poner los cimientos para intentar eventualmente emular la Sión de Enoc en las fronteras occidentales de los Estados Unidos.
En última instancia, debido a razones tanto internas como externas, la implementación se quedó muy lejos del ideal. John Whitmer, el Historiador de la Iglesia, reportó que cuando "el Obispo Edward Partridge visitó las distintas ramas de la Iglesia, hubo algunos que no aceptaron la Ley. Opinó que "Aún no ha llegado el tiempo de que la ley se establezca completamente, ya que los discípulos viven muy apartados y no estan organizados, nuestros miembros son pocos y no han sido instruídos, y en consecuencia no entienden las cosas del reino." Entre los problemas que Whitmer identificó es que había miembros que "fueron atraídos hacia la Iglesia porque creyeron que todas las cosas iban a ser comunitarias y pensaron atracarse con el trabajo de otros."25 Según resultó, la consagración completa de las propiedades se practicó solamente durante 1831-1833 y eso solamente por algunos Santos y en ciertos lugares.26 Así que, para la publicación en la Doctrina y Convenios de 1835, la declaración original de "consagrarás todas tus propiedades" fue revisada para que diga " te acordarás de los pobres y consagrarás para su sostén lo que tengas de tus bienes" (DyC 42: 30; de aquí en adelante se ponen en cursiva las revisiones de la revelación).27
La Ley estipulaba que tal consagración debía hacerse "con un convenio y un título que no pueden ser violados" (DyC 42: 30). La necesidad de un título fue reiterado varios meses después cuando a los Santos de Colesville (Nueva York) se les concedió "el privilegio de organizarse conforme a mis leyes" (DyC 51: 15). Al Obispo Edward Partridge, se le había instruído para así "organizar a este pueblo" (DyC 51: 1), se le dijo que "al señalarle a algún hombre su porción...le expedirá una escritura que le asegurará su porción" (DyC 51: 4). Este intento inicial de vivir la ley de consagración se complicó antes de que Partridge pudiera implementar la instrucción, pero al año siguiente lo hizo en Missouri. Algo de tiempo después de que la Iglesia iniciara sus operaciones de imprenta en 1832, el Obispo Partridge creó y empezó a utilizar títulos impresos para certificar la recepción y el traspaso de la propiedad consagrada. Los títulos muestran la forma en que realmente se implementaron varias disposiciones relacionadas a la consagración. Por ejemplo, algunos títulos de mayordomía que han sobrevivido, muestran de manera uniforme que todo hombre que consagraba se convertía en "administrador de sus propios bienes" (DyC 42:32), y no de alguna otra propiedad ya consagrada. Aunque obviamente esta práctica no fue general, ya que algunos Santos pobres habrían requerido propiedades adicionales para satisfacer sus necesidades, pero nos demuestra que el núcleo de lo que se le "prestaba" a un administrador como propiedad personal era la misma propiedad que él había consagrado inicialmente.
Los títulos también conservan el intento original de la Ley de que la propiedad consagrada "no se te puede retirar (mas tarde se aclaró para que diga de la iglesia)" (versículo 32) y que "el que pecare, y no se arrepintiere, será expulsado de la iglesia, y no se le devolverá lo que haya consagrado" (versículo 37). Los títulos también estipulan que si el mayordomo fuera excomulgado, el "perdería todo derecho de reclamación a la propiedad arriba descrita alquilada [la que tenía] y a la prestada [la personal] y por el presente me obligo a regresar la alquilada y pagar el precio equivalente a la prestada" aunque la mayor parte, si no es que toda, había sido su propiedad antes de consagrarla al Señor.28
No es de sorprender que este arreglo haya sido desafiado en las cortes por miembros que se habían separado, y que la naturaleza de las mayordomías fuera modificada.29 En mayo de 1833 José Smith le escribió al Obispo Partridge dandole instrucciones de "dar un título que le asegure a quien reciba herencias, su herencia como herencia perpetua, o en otras palabras, que sea su propiedad personal, su mayordomía privada, y si fuere considerado transgresor y fuera expulsado de la iglesia, su herencia es suya todavía....Pero la propiedad que el consagró para los pobres, para su beneficio y herencia y mayordomía [o sea el "resto" o excedente que seguía en el almacén (versículo 34), no lo puede recibir otra vez de acuerdo con la Ley del Señor[.] De esta forma se puede ver la decencia de esta ley, de manera que el rico no tenga poder para desheredar al pobre al obtener otra vez lo que habían consagrado."30
Después de reflexionar sobre este entendimiento, cuando tiempo después se preparó la sección 51 para su publicación en la Doctrina y Convenios, se agregó una nueva declaración: (ahora es el versículo 5) "Y si peca, y no se le estima digno de pertenecer a la iglesia, no tendrá poder para reclamar la parte que haya consagrado al obispo para los pobres y los necesitados de mi iglesia; por tanto, no retendrá lo que haya dado, sino sólo tendrá derecho a la parte que haya recibido por escritura."Debido a que las donaciones caritativas estaban protegidas legalmente en una manera en que las propiedades comunalmente compartidas no lo estaban, en varias partes de la Ley se agregaron las aclaraciones necesarias para indicar que los pobres eran los beneficiarios directos de las consagraciones. En lugar de "consagrarás para mí todas tus propiedades que tienes" lo que se podría interpretar adversamente, la declaración se corrigió así: "te acordarás de los pobres, y consagrarás para su sostén lo que tengas para darles de tus bienes" (DyC 42:30). De igual manera, la declaración siguiente "lo que haya consagrado para mí" se corrigió para que diga: "lo que haya consagrado a los pobres y a los necesitados de mi iglesia, o en otras palabras, a mí, porque por cuanto lo hacéis al más pequeño de estos, a mi lo hacéis" (vv 37-38).
En su carta al Obispo Partridge, el Profeta aclaró los procedimientos para la consagración y para las mayordomías no solamente para salvaguardar las donaciones para el almacén destinadas para los pobres sino también para "asegurarle [a cada adminstrador] su porción". Después de que su carta llegó a Missouri, apareció un editorial en el siguiente número del Star en el cual se hacía énfasis que cuando los Santos "se congregan, en vez de ser una familia en común, como se les ha dicho... cada hombre recibe un titulo de garantía asegurandole a él y sus herederos, su herencia en cuota simple [en propiedad sin restricciones] para siempre."31 En julio de 1833, se efectuó un motín anti-mormón en Independence, Missouri, colocando a los Santos en el área en una posición muy precaria. Para el fin del año ya habían sido expulsados de sus casas en el Condado de Jackson. A causa de esas circunstancias intranquilas, tal parece que la prevista y esperada emisión de los certificados de propiedad no se efectuó y no se entregaron (al menos ninguno ha sobrevivido). Es más, es digno de tomarse en cuenta que solamente una media docena de los primeros títulos existen hoy en día, y de esos, solamente uno (el de Joseph Knight) esté firmado. Los otros, que parecen ser borradores, existen solamente porque el Obispo Partridge los guardó y usó el reverso de ellos para copiar cartas personales. Que el obispo responsable de administrar las consagraciones y el programa de mayordomías ni ninguno de sus administradores (aparte de Knight) haya retenido los títulos oficiales y "legales" levanta preguntas acerca de cuán formal o sistemáticamente se efectuaron las consagraciones y aún acerca de que tan extendida estuvo realmente esta práctica.32
Entre las definiciones de consagración en la Ley se encuentra esta declaración poco usual: "Porque sucederá que lo que hablé por boca de mis profetas será cumplido; porque de las riquezas de los gentiles yo consagraré para los de mi pueblo que son de la casa de Israel" (versículo 39). Esto se refiere a la profecía de Isaías acerca de algún día los de Israel "comeréis las riquezas de las naciones, y con su gloria seréis sublimes" (Isaías 61: 6). Repitiendo la Ley, parece que algunos SUD consideraron algunas expectativas grandiosas pero mal enfocadas acerca del cumplimiento de la profecía. Ezra Booth (ya desafiliado) nos da un resumen de lo que él percibía eran las expectativas escatológicas entre los Santos: "Sión iba a ser una ciudad de Refugio, y un asilo seguro cuando las tormentas de venganza se volcaran sobre la tierra, y quienes rechacen el Libro de Mormón, serán barridos con la escoba de la destrucción. Entonces las riquezas de los gentiles serán consagradas a los Mormonitas; y ellos poseerán tierras y ganados en abundancia, y poseerán el oro y la plata, y todos los tesoros de sus enemigos."33 Ante estas ideas equivocadas, el Profeta se sintió inspirado a hacer una aclaración crucial al publicar este pasaje en la Doctrina y Convenios: "porque de las riquezas de aquellos que de entre los gentiles aceptaren mi evangelio, yo consagraré para los pobresde mi pueblo que son de la casa de Israel" (DyC 42: 39; énfasis agregado).
Sin embargo, el sueño apocalíptico de un gran cambio de fortunas y en las relaciones entre los creyentes y sus antagonistas se endureció. En el otoño de 1838, en la cumbre de las tensiones entre los Mormones y los habitantes de Missouri, ciertos fanáticos SUD recordaron la repetición de la profecía de Isaías y la usaron como justificación para saquear a sus enemigos. Morris Phelps recordó así la arenga de Sampson Avard (líder de los danitas) a sus hombres: "¿No sabéis, hermanos, que muy pronto será su privilegio el guiar a sus compañías e ir a las fronteras de las poblaciones, y tomar para sí los desechos de las pertenencias de los gentiles impíos? Porque está escrito que las riquezas de los gentiles serán consagradas para mi pueblo, la Casa de Israel; y así destruiréis a los gentiles al robarles y quitarles sus propiedades; y de esta forma edificaremos el reino de Dios."34 Poco después, John Whitmer (ya desafiliado) acusó a los Santos en Nauvoo de hacer las mismas cosas con el mismo pretexto durante la Guerra Mormona en el Condado de Hancock, Illinois, a mediados de los años 1840.35
Los comentarios sobre la consagración terminan en esta parte de la Ley con la exhortación de vestir sencillamente, cultivar la limpieza, y evitar la ociosidad. (Ver DyC 42: 40-42). Esos ideales eran usuales en las sociedades comunitarias de la época. La ociosidad, en particular, debía evitarse a toda costa. Parece que desde el principio, los Santos en Missouri tuvieron problemas con esto. Una revelación de noviembre de 1831 declaró: "yo, el Señor, no estoy bien complacido con los habitantes de Sión, porque hay ociosos entre ellos" (DyC 68: 31). Algunos meses después, su puso en forma mas directa: "No habrá lugar en la iglesia para el ocioso" (DyC 75: 29). Ni siquiera los pobres, a quienes muy pocas veces se censura en las escrituras, estuvieron exentos de la amonestación: "¡Ay de vosotros los pobres... que no queréis trabajar con vuestras propias manos!" (DyC 56: 17).
En este punto, la revelación cambia a los temas de enfermedad y sanidad. Reitera la instrucción de Santiago en el Nuevo Testamento de "llame a los ancianos de la iglesia" cuando alguien esté enfermo para que lo "unjan" con aceite y para ofrecer una "oración de fe" en su beneficio. (Santiago 5: 14-15). Los primeros años de la Historia de los SUD estan llenos con ejemplos de curaciones dramáticas.36 Para citar uno de los ejemplos mas notables, no mucho después de que se recibiera esta revelación, José Smith fue instrumento en la curación del brazo lisiado de Elsa Johnson, una curación que contribuyó a la conversión de varias de sus amistades.37
Por otra parte, los creyentes cuya fe era insuficiente para ser sanados divinamente debían de ser "nutridos con toda ternura, con hierbas y alimentos sencillos" (DyC 42: 43). En los Estados Unidos antes de la Guerra Civil, la herbolaria era una alternativa a las intervenciones médicas ortodoxas tales como los sangrados y la administración de jarabe de mercurio. Los SUD participaron en esta era de creciente rebelión para esas prácticas médicas y favorecieron las curaciones por fe y la medicina botánica.38 Se reportó que José Smith había expresado su opinión de que "los doctores no deberían sanar a la gente[,] que la medicina no surtiría efecto. Los gentiles estudiaron la medicina, y tenían uso para ella."39 La medicina botánica recibió un ímpetu considerable debido a las actividad de Samuel Thomson, quien publicó el muy popular New Guide to Health; or, Botanic Family Physician [Nueva Guía para la Salud, o el Médico Botánico Familiar]. El libro se vendía por dos dólares, y una franquicia o el "derecho" para aplicar los métodos de Thomson dentro de su propia familia, se vendía en veinte dólares. Para 1835 los practicantes del sistema Thomson en Ohio clamaban que la mitad de la población del estado usaba la medicina botánica. Algunos de los primeros Santos prominentes, como Frederick G. Williams y los hermanos Richards, Leví y Willard, eran doctores practicantes del método de Thomson.40
En todos los asuntos de salud y sanidad, la voluntad de Dios tiene la prioridad. A pesar de la fe que uno tenga, solamente aquel que "no estuviera señalado para morir, sanará" (DyC 42: 48). Es significativa la inclusión de la frase bíblica "señalado para morir" (Salmos 102: 20; y1 Corintios 4: 9). Al igual que otros cristianos los SUD solían reconocer la providencia soberana de Dios en todos los aspectos de la vida. Como un ejemplo, en cierto punto de la declinación de José Smith padre. debido a la enfermedad conocida como "tisis", su esposa Lucy Mack Smith, llegó a la conclusión de que él estaba señalado para morir." 41
Las ministraciones SUD a los enfermos, incluyendo las diversas situaciones que se indican en la Ley, fueron resumidos mas tarde por Wilford Woodruff: "Algunas veces imponemos las manos sobre los enfermos y son sanados instantáneamente, otras veces con toda la fe y la medicina tardan mucho tiempo en mejorar, y otros mueren." 42 Además se hizo hincapié que para aquellos que no tuvieran fe para ser sanados de enfermedades tales como la ceguera, la sordera, o la incapacidad física, "en tanto que no quebranten mis leyes, soportarás sus dolencias" (DyC 42: 52).
La Ley cambia para comentar con brevedad otro aspecto de la vida en una comunidad consagrada: "No te llevarás el vestido de tu hermano; pagarás por lo que recibirás recibas de tu hermano" (versículo 54). Aquí la Ley explícitamente evita la clase de propiedad comunal que se encontró en varias organizaciones "Familiares" en las cuales algunos conversos de Ohio habían estado viviendo. John Whitmer que visitó a la "Familia" Morley, escribió: "Los discípulos tenían todas las cosas en común, y se encaminaban rápidamente a la destrucción en cuanto a las cosas temporales porque consideraban según lo leían en las escrituras que lo que pertenecía a un hermano pertenecía a cualquiera de los hermanos, por lo tanto tomaban la ropa y otras cosas de los demás y las usaban sin permiso: esto causó confusión y desencantos, ya que no entendieron la escritura."43 La corrección de la Ley fue reiterada en las instrucciones que se le dieron al Obispo Partridge con respecto a la manera de organizar a los Santos de Colesville de acuerdo con la ley de consagración: "No permitáis que lo que pertenece a este pueblo le sea quitado y dado a otra iglesia. Por consiguiente, si otra iglesia quiere recibir dinero de esta, reintégreselo de acuerdo con lo que convengan" (DyC 51: 10-11). La sección 42 aclaró que la propia mayordomía debía efectuarse dentro de los procedimientos de una economía de mercado.44
De esta forma, se esperaba que en el curso normal de "permanecer firme en el lugar de tu mayordomía" (DyC 42: 53), algunas veces se acumularían excedentes: "y si obtienes más de lo necesario para tu sostén, lo entregarás a mi almacen" (versículo 55). El Obispo Partridge procuró que esto se convirtiera en un requisito anual. En los títulos impresos que él preparó, el acuerdo "obliga" al mayordomo a "pagar anualmente al citado Edward Partridge obispo de dicha iglesia, o a sus sucesor en el cargo, para el beneficio de la mencionada iglesia, todo lo que llegue a acumular que sea más de lo necesario para el sostén y comodidad mía y de mi familia."45 Por supuesto, identificar tales excedentes era muy subjetivo, y el Profeta le aconsejó al Obispo Partridge que debería ser una decisión conjunta del mayordomo y el obsipo:
Cada hombre debe ser su propio juez para cuanto recibir y cuanto
debe quedar en manos del Obispo[,] me refiero a aquellos que dan
más de lo que necesitan para su propio sostén y el de sus familias[.]
El asunto de la consagración se debe hacer con el consentimiento
mutuo de ambas partes porque, darle al Obispo el poder de decir
cuanto debe recibir cada hombre y que éste esté obligado a cumplir
con la decisión del Obispo es darle al Obispo mas poder que el de
un rey y por otra parte dejar que un hombre diga cuanto necesita y
que el Obispo esté obligado con esa decisión es poner a Sión en la
confusión y convertiría al Obispo en un esclavo[.] El hecho es que
debe haber un balance o equilibrio de poder entre el Obispo y el
pueblo y así se pueda mantener entre ustedes la armonía y la buena
voluntad.46
En este punto, la Ley cambia abruptamente de temas ya que de comentar la manera correcta de administrar los excedentes pasa a la "Nueva Traducción" de la Biblia por José Smith: "Pedirás, y se darán mis escrituras según lo que yo he indicado, y para tu salvación haz de callar en cuanto a ellas hasta que las hayas recibido (vv 56-57) La subsecuente redacción de este pasaje nos brinda un caso raro de etapas múltiples de revisión. La primera revisión parece haber sido hecha en noviembre de 1831 junto con las conferencias que se efectuaron para planificar la publicación del Libro de Mandamientos. En una reunión el 8 de noviembre, los élderes acordaron que "el hermano José Smith hijo, corrija los errores que pued[a] descubrir por medio del Espíritu Santo".47 Entre las revisiones hechas en esa fecha estaba una que tenía que ver con este pasaje acerca de la Nueva Traducción. El original que no tiene puntuación permite que se hiciera una conexión "para tu salvación" con "se darán mis escrituras" en lugar de hacerlo con la siguiente frase "y haz de callar en cuanto a ellas". Sin embargo, José revisó el pasaje para aclarar que el eslabón era entre salvación, entendido temporalmente, y callar en cuanto a la Nueva Traducción: "Para tuseguridad es menester que calles en cuanto ellas."48
Aparentemente, no satisfecho con esta interpretación el Profeta (o quienes trabajaban bajo su dirección) revisaron nuevamente el pasaje unos tres años después mientras se preparaban las revelaciones para publicarlas en la Doctrina y Convenios. La última versión cambia el énfasis de la seguridad de los Santos a la seguridad de las escrituras. En su forma final, el pasaje completo dice: "se darán mis escrituras según lo he dicho, y serán preservadas y protegidas; y es menester que calles en cuanto a ellas, y que no las enseñes hasta que las hayas recibido en su plenitud (vv 56-57, énfasis agregado).
Se encuentra otro ejemplo de revisiones múltiples unos cuantos renglones después cerca del fin de la larga respuesta a la segunda pregunta que buscaba saber de "la Ley que regula a la Iglesia en su condición actual hasta el tiempo de su congregación." En este punto se hace una declaración y resumen: "Y estas leyes que has recibido os son suficientes tanto aquí y en la Nueva Jerusalén y al que le falte conocimiento que me lo pida." En las revisiones de noviembre de 1831 se deja entreabierta la puerta para futuras correcciones, aclaraciones o aún adiciones, a la Ley y se abre la puerta y la posibilidad se convierte en certeza: "Estas leyes que has recibido y que en adelante recibirás os serán suficientes aquí y en la Nueva Jerusalénpor lo tanto, al que le falte conocimiento, que me lo pida." En 1835 se vuelve a editar el texto para aclarar que "convenios" en vez de "leyes" vendrían y que aunque las leyes ya recibidas debían observarse, serían estos convenios en particular los que establecerían a los Santos tanto en Ohio como en Missouri. "Observaréis las leyes que habéis recibido y seréis fieles. Y más adelante recibiréis convenios de la iglesia, los suficientes para que os establezcáis, tanto aquí como en la Nueva Jerusalén. Por lotanto, el que carezca de sabiduría, pídamela" (vv 66-68; énfasis agregado).
La segunda unidad de texto concluye con esta súplica" Elevad vuestros corazones y regocijaos porque a vosotros se os ha dado el reino, así sea , Amén. Este pasaje fue editado en 1835 para incluir el pensamiento aclaratorio que en algunas ocasiones José se sintió inspirado para agregar mientras redactaba las revelaciones: "Elevad vuestros corazones y regocijaos, porque a vosotros se os dado el reino, o en otras palabras. Las llaves de la iglesia. Así sea. Amén." (Versículo 69 énfasis agregado).
D y C 42: 70-73
La tercera unidad de texto en la Ley trata "de que manera deben procurar por sus familias los élderes que estén proclamando el evangelio o de otra forma ocupados en el servicio de la Iglesia"
La respuesta es que "los élderes deben ayudar al Obispo en todas las cosas y él debe ver que sus familias sean sostenidas de la propiedad que ha sido consagrada al Señor ya sea una mayordomía o de otra manera que los élderes y el Obispo piensen que sea mejor." Para el fin del año, aunque al recién llamado obispo Newel K. Whitney se le dijo que "recib]iera] los informes de los élderes, como ya se ha mandado, y atender a sus necesidades" a los élderes se les anima a "pagar por lo que reciban, si tienen con qué pagar" (DyC 72: 11). En el caso de que "no tenga con qué pagar, se entregará la cuenta al obispo de Sión, el cual pagará la deuda con lo que el Señor ponga en sus manos. Y las labores de los fieles que obran en cosas espirituales, administrando el evangelio y las cosas del reino a la iglesia y al mundo, responderán por la deuda ante el obispo de Sión" (DyC 72: 13-14).
Al mes siguiente, la idea del sostenimiento de los élderes por la Iglesia, fue modificada de un enfoque monetario, con la posibilidad de acabar con los escasos recursos del almacén, a uno que dependiera de la generosidad de los miembros en general. Adicionalmente, los élderes mismos debían tomar la iniciativa para buscar este apoyo. Una revelación les recordó a los Santos que "es el deber de la iglesia ayudar a sostener a las familias de estos, y también a las familias de los que son llamados y han de ser enviados al mundo para proclamar el evangelio" (DyC 75: 24). Los élderes necesitados debían hacer arreglos para alojar a sus familias con miembros de la iglesia durante su ausencia. (DyC 75: 25), pero en el caso de que un élder no pudiera hacer arreglos satisfactorios y tuviera "la obligación de mantener a su propia familia" se le dijo, "hágalo y de ninguna manera perderá su corona; y obre en la iglesia" en casa. (DyC 75: 28). Así, durante el primer año de haberse recibido la Ley, las consideraciones prácticas obligaron a la modificación de la declaración inicial de que las familias de los élderes debían ser sostenidas " de las propiedades que son consagradas al Señor"
No es de sorprender pues, que las revisiones de 1835 reflejaran dichas realidades. Para la publicación en la Doctrina y Convenios, el texto fue editado para reducir el "sostén" solamente a los élderes (y después, los sumos sacerdotes) nombrados como consejeros del obispo. "Las familias de los élderes o de los sumos sacerdotes, que sean nombrados para ayudar al obispocomo consejeros en todas las cosas, recibirán su sostén de los bienes que se hayan consagrado al obispo para el alivio de los pobres y otros propósitos, como se ha mencionado antes; o recibirán una remuneración justa por todos sus servicios, bien sea una mayordomía u otra cosa, como el obispo y sus consejeros mejor lo consideren y decidan. (DyC 42: 71-72). Sin la pregunta inicial con respecto a los élderes involucrados en la obra misional "o de otra forma ocupados en el servicio de la Iglesia," la restricción de dar sostén solamente a los consejeros del obispo era una interpretación razonable de la declaración original de que "los élderes han de ayudar al obsipo en todas las cosas." La revisión de 1835 agregó también una frase que incluye específicamente al obispo como merecedor de la ayuda material: "Y también el obispo recibirá su sostén, o una remuneración justa por sus servicios en la iglesia."(DyC 42: 73).49
UNIDADES DE TEXTO 4 Y 5 (NO ESTáN EN LA
DOCTRINA Y CONVENIOS)
La cuarta y quinta unidades de texto son las mas cortas de las siete en la Ley. Combinadas, consisten de menos de cien palabras, o apenas un poco mas del 4 por ciento del total de la Ley. Aunque se habían incluído en el Libro de Mandamientos, se quitaron de la revelación cuando fue publicada en la Doctrina y Convenios. La cuarta pregunta es, "¿Cuál es el deseo del Señor con respecto a que tuviéramos tratos con el mundo y cómo debíamos conducirnos con ellos?" La respuesta: "No contraerás deudas con ellos y otra vez, los élderes y el Obispo se reunirán en consejo y obrarán de acuerdo a las instrucciones del espíritu en lo que sea necesario." Aunque esta breve declaración anuncia claramente la posición básica de no contraer deudas con "el mundo", también abre la puerta para que, cuando lo inspire el Espíritu, hacer lo que sea "necesario" para avanzar la causa.50
En una referencia específica a este pasaje en la Ley, el consejo fue puesto de manera más elaborada siete meses después: "He aquí, en mis leyes está dicho, o sea, prohibido, contraer deudas con vuestros enemigos; mas he aquí, en ningún tiempo se ha dicho que el Señor no ha de tomar cuando él quiera, y pagar como bien le parezca. De modo que siendo vosotros agentes, estáis en la obra del Señor, y lo que hagáis conforme a su voluntad es asunto del Señor y este es proveer para sus santos" (DyC 64: 27-30) No mucho después de esto, la Ley se clarificó para que diga "No contraigas deudas con el mundo excepto que se te mande." Dicho mandamiento llegó en marzo siguiente en respuesta a la pregunta relativa a la compra de papel para imprimir el Libro de Mandamientos: "Que el Obispo haga la compra y a crédito51 que todo lo que se haga se haga en el nombre del Señor."52 A esto le siguió en abril una decisión de la Firma Unida, la asociación de líderes de la Iglesia que administraba las propiedades de la Iglesia, de tomar un "préstamo [por] quince mil dólares durante cinco años al seis por ciento anual o semestral según se pueda efectuar el arreglo."53
Dichas acciones "necesarias" no vinieron sin costo. Para fines de 1833 el Profeta le escribió a los líderes de la Iglesia refugiados en el Condado de Clay, Missouri, que "nos sería imposible poder brindarles ayuda desde el punto de vista temporal pues nuestros recursos ya se agotaron y estamos hundidos en deudas y no sabemos los medios en que podamos salir de ellas."54 Un mes después, el 11 de enero 1835, José y otros se unieron en oración y le hicieron varias peticiones a Dios, una de las cuales era "que el Señor, de acuerdo con su Providencia, le proporcionara al Obispo de esta Iglesia los recursos suficientes para pagar, en su debido tiempo, todas y cada una de las deudas que tiene la Firma, para que la Iglesia no caiga en descrédito y que los Santos no sean afligidos a manos de sus enemigos."55 A pesar de la necesidad ocasional de incurrir en deuda, el corazón del Profeta en cuanto al asunto se nos muestra sin cortapisas en una excepcional entrada en su diario escrita por su propia mano. "Mi corazón hoy está lleno del deseo de [ser] bendecido por el Dios de Abraham; con prosperidad, hasta que pueda pagar todas mis deudas; porque este es [el] deleite de mi alma [ser] honrado. Oh Señor tu sabes esto muy bien!"56
No está muy claro el porque este cuarto texto fue quitado de la revelación. Ciertamente, en su forma editada, coincidía con declaraciones semejantes que se hicieron en otras partes en la Doctrina y Convenios. Quizás fue víctima de su proximidad a la quinta unidad, la cual, según se verá, era muy específica para las circunstancias de Ohio en 1831 y por lo tanto de poca relevancia continua para la Iglesia.
La quinta pregunta es, "¿Qué preparativos debemos hacer para nuestros hermanos del este y cuando [en el manuscrito Gilbert' donde'] y cómo? La respuesta revelada fue, "Habrá tantos nombrados como sea necesario para ayudar al Obispo a obtener lugares [en el manuscrito Gilbert] "casas'] para que puedan estar unidos tanto como lo puedan ser y como sean dirigidos por el Santo Espíritu." Cuando se hicieron revisiones en noviembre de 1831, la última parte de esta declaración fue corregida para que diga, "Obtener lugares para los hermanos de Nueva York para que puedan estar juntos tanto como se pueda, y como ellos seandirigidos por el Santo Espíritu." En la primavera de 1831 se había previsto que los Santos de Nueva York emigrarían pronto a Ohio en cumplimiento con las revelaciones en que se les mandaba que se congregaran allí (ver DyC 37 y 38). El prepararse para ese evento era un asunto de importancia y fue el tema de varias revelaciones de esas fechas (ver DyC 48 y 51).
La respuesta a la quinta pregunta incluyó este mandato: "Cada familia tendrá lugares para que puedan vivir por sí mismos y cada Iglesia se organizará en grupos tan cercanos como puedan estar a causa del enemigo," más tarde se agregó, "y esto para un sabio propósito: Así sea, Amén." La idea de establecer a las familias de la ramas que emigraban cerca una de la otra, especialmente porque algunos eran parientes, tenía sentido por varias razones. Debido a las experiencias anteriores que los Santos tuvieron por causa de la persecución , sobresale el beneficio de la protección contra el "enemigo." No se sabe a ciencia cierta que tan cerca se establecieron los inmigrantes una vez que llegaron. El resultado que sí está bien documentado es es que a la Rama de Colesville se le mandó que se mudaran juntos a la propiedad de Leman Copley en Thompson, Ohio (véase DyC 51). Sin embargo; el vivir juntos en "grupos cercanos," no significó vivir en comunidad siguiendo la forma de algunas de las organizaciones "Familiares" que el Profeta encontró en Ohio. El texto lo indica claramente, cada familia debía tener un lugar de su propiedad de manera que "puedan vivir por sí mismos."
D y C 42: 78-93
Este grupo de texto y el que le sigue fueron registrados dos semanas después de que se habían recibido las primeras cinco unidades de la Ley. Según lo explica el manuscrito Ryder, estos segmentos finales que, "fueron aceptados por siete élderes el 23 de febrero de 1831 de acuerdo a los mandamientos de Dios." constituían las "normas y reglamentos" para la forma en que "los élderes de la iglesia de Cristo deben actuar sobre los puntos de la Ley." La primera mitad de la unidad seis especifica las acciones que se deben tomar en los casos de asesinato, adulterio, robo, atraco y mentira, los cuales habían sido proscritos en la propia Ley. El asesino debía "ser entregado para ser juzgado, de acuerdo con las leyes del país; porque recordad que no tiene perdón" (versículo 79). La justificación para entregar a los asesinos a las autoridades civiles esta basada específicamente en la declaración anterior en la misma Ley de que "el que matare no tendrá perdón ni en este mundo ni en el venidero" (versículo 18).
Por otra parte, el adulterio debía ser juzgado por la Iglesia. La Ley decretó que un adúltero que no se arrepintiera, o lo hiciera otra vez, debía ser "expulsado" (vv 24, 26), y en esta unidad se indican los procedimientos para implementar tal política. Indica que el acusado sea juzgado delante de dos o más élderes y de ser posible, que el obispo esté presente también,57 y se debe "establecer el caso contra él (después se agregó o ella) por un mínimo de dos testigos miembros de la Iglesia. Debido a que en esas fechas se requería que la excomunión tuviera el voto de consentimiento de la Iglesia, "los élderes expondrán el caso ante la iglesia, y ésta alzará la mano contra él o ella, para que sea juzgado conforme la Ley" (versículo 81). Este procedimiento sería el ejemplo para la disciplina de la Iglesia en lo general: "y así obraréis en todos los casos que se presenten ante vosotros" (versículo 83). Algunos párrafos después la revelación declara que si los Santos cometieran "cualquier clase de iniquidad, serán entregados a la ley, sí, la ley de Dios" (versículo 87). En medio de estas dos declaraciones se encuentran instrucciones específicas para que quien "robare," "hurtare," "mintiere" debían ser "entregados a la ley" (vv 84-86). Si esto se refería a la ley del país o a la de Dios no estuvo claro hasta que en 1835 se agregó del país.

En la misma Doctrina y Convenios de 1835, se agregó una declaración concerniente a los "Gobiernos y las Leyes en General" (ahora es DyC 134) en la que se fijó la posición de la Iglesia en cuanto a las ofensas civiles. "Creemos que la comisión de crímenes debe castigarse de acuerdo con la naturaleza de la ofensa: que el homicidio, la traición, el robo, el hurto...deben ser castigados de acuerdo con su criminalidad...por las leyes del gobierno contra el cual se cometió la ofensa." Más adelante se afirma: "Creemos que toda sociedad religiosa tiene el derecho de disciplinar a sus miembros por conducta desordenada, de acuerdo con los estatutos y reglamentos de dicha sociedad, siempre que tales procedimientos tengan que ver con su confraternidad y buenos antecedentes; pero no creemos que sociedad religiosa alguna tenga la autoridad para juzgar a los hombres en cuanto al derecho sobre la propiedad o la vida...ni imponer sobre ellos castigos físicos. Sólo pueden ser excomulgados de su sociedad y retirar de ellas la mano de confraternidad" (DyC 134: 8, 10).

Enseguida la Ley da detalles sobre lo que solamente estaba implícito en los "Artículos y Convenios" (DyC 20) concerniente a la disciplina en la Iglesia. "Cualquier miembro de la Iglesia de Cristo que transgrediera o fuere sorprendido en alguna falta,58 será tratado según las Escrituras" (DyC 20: 80). Por algunos mil ochocientos años, el texto clásico de escritura acerca de la disciplina en la Iglesia había sido Mateo 18: 15-17.59 No es de sorprender pues, que el procedimiento de tres pasos que se explican allí sean reiterados en la Ley. Si un miembro es "ofendido" por otro, el o ella debe buscar al ofensor y tratar el asunto en privado. Si el ofensor confiesa, ambas partes "deben reconciliarse." Si el ofensor no reconoce su falta, al ofendido se le instruye para que "tome a uno o dos consigo" , y si el ofensor aun no confiesa, el caso se debe turnar a los élderes (ver DyC 42: 88-89).60 El único cambio de importancia de Mateo 18: 15-17 en la Ley es la aclaración de que "dilo a la iglesia" significa "no a los miembros, sino a los élderes" (DyC 42: 89).61 El "Registro de Far West" y el "Libro de Minutas del Consejo de Kirtland" contienen muchos relatos de transgresiones de conducta relativamente menores que se dieron a conocer ante los élderes de la Iglesia. La disciplina SUD en esa época era similar a la practicada por otras iglesias cristianas, tanto en su compromiso de seguir lo que dice Mateo 18: 15-17 para resolver dificultades interpersonales así como pecados serios, como en sus intentos rigurosos de mantener la pureza y la santidad del grupo de creyentes.62 Hoy en día, los Consejos Disciplinarios de la Iglesia se reúnen solamente para tratar los asuntos mas graves.

La parte final de esta unidad de texto en la Ley proporciona lineamientos para los aspectos de la disciplina de la Iglesia que tienen que ver con la confesión en público y aún para la reprimenda en público, que muy rara vez parecerían ser adecuados en la actualidad. Aunque la Biblia exige, "A los que persisten en pecar, repréndelos delante de todos, para que los demás también teman" (1 Timoteo 5: 20), esta revelación limita reprensión pública a quien "ofende a muchos" o a quien "ofende públicamente" (DyC 42: 90-91). En épocas anteriores, se creía que avergonzar en público ayudaba a facilitar el arrepentimiento: "Si alguien ofende públicamente, él o ella serán reprendidos públicamente, para que se avergüencen. Y si no confesaren, serán entregados a la ley de Dios" (versículo 91).63 Para quienes pecan en secreto, un castigo privado parecía ser mejor. Dicha práctica le permitiría al pecador "confesar en secreto a quien había ofendido, y ante Dios, para que la iglesia no hable con reproche de él" (versículo 92). Esta unidad de texto concluye con "Y así obraréis en todas las cosas" (versículo 93).



El título del segmento es un poco engañoso ya que el tópico real es la relación del adulterio con el divorcio o la separación, más que el adulterio en sí. El texto comenta cuatro situaciones específicas y da instrucciones sobre como actuar en esos casos. La primera instancia es cuando un miembro de la Iglesia se divorcia de su cónyuge porque este ha sido inmoral sexualmente: "las personas que de entre ustedes hayan repudiado a sus compañeros por causa de fornicación, o en otras palabras, si testifican ante vosotros con toda humildad de corazón que así ha sucedido, no las desecharéis entre vosotros" (versículo 74). La redacción de esta declaración sugiere que el divorcio pone en riesgo la membresía de una persona, y solamente si él o ella podía establecer con testimonios satisfactorios que el divorcio resultó por la infidelidad marital podría la parte inocente conservar su membresía en la Iglesia. Aunque las actitudes hacia el divorcio y las leyes que lo permitían empezaron a suavizarse en los Estados Unidos de antes de la Guerra Civil,64 la redacción aquí recuerda el rigor del Sermón del Monte: "El que repudiare a su mujer, a no ser por causa de fornicación, hace que ella adultere; y el que se casa con la repudiada, comete adulterio" (Mateo 5: 32).


Es digno de tomarse en cuenta que en el tercer caso, a diferencia del cuarto, no se da ninguna previsión explícita en cuanto al arrepentimiento y la aceptación como miembro. ¿Fue este un descuido sin importancia ya que siempre se había entendido que el arrepentimiento era posible en estos casos? ¿O era este un absoluto rechazo a la aceptabilidad espiritual para que se volviera a casar quien alguna vez fue un adúltero de acuerdo con Mateo 19: 9 "cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra, adultera"? ¿Se aumenta la seriedad del caso por el hecho de que sus compañeros [agraviados] aún estan vivos? La escasez de fuentes antiguas que mencionen el divorcio hace que se dificulte determinar con confianza cuáles eran las actitudes reales de los miembros. Sin embargo, un reporte breve en el diario de Hyrum Smith muestra en que forma el volverse a casar después de un divorcio se consideraba sospechoso a menos que la causa del divorcio haya sido infidelidad por parte del cónyuge anterior: "Fuimos con el hermano Roundays y allí nos reunimos con el hermano Morse; le preguntamos con respecto a su situación ya que había tenido dos esposas, y estaba viviendo con la segunda esposa aunque aún vivía la primera, pero que había sido repudiada por causa de fornicación siendo ella la ofensora y él inocente. El testificó con toda santidad de corazón y lo liberamos."65 La redacción de esta entrada en el diario, utiliza varias frases del texto que estamos considerando y demuestra la seriedad con la cual los élderes siguieron sus lineamientos.


Claramente, la Ley fue uno de los documentos más importantes en los primeros años de la Historia Santo de los últimos Días. Han sobrevivido mas manuscritos de esta revelación previos a la publicación que los de casi cualquier otra revelación. Se compara con Los Artículos y Convenios en términos de utilidad para los primeros líderes de la Iglesia. Las principales contribuciones de este estudio han sido las de probar las revisiones significativas al texto de la Ley al igual que brindar vistazos de los primeros entendimientos de sus diversos pasajes. Los análisis cuantitativos y la clasificación de los cambios en el texto han permitido una evaluación más precisa de la que ya existía en cuanto al número de revisiones inspiradas que se hicieron bajo la dirección profética. Resalta el hecho de que a pesar de que las revelaciones "se dieron a mis siervos en su debilidad, según su lenguaje"(DyC 1: 24), el Profeta intentó compensar esa debilidad lingüística y mejoró la redacción según se sintió inspirado. También se esforzó para hacer que la Ley reflejara la política actual, de manera muy semejante a la que la Iglesia en esta época actualiza su Manual de Instrucciones usado por los líderes a todos los niveles para administrar apropiadamente los asuntos de la Iglesia.

Finalmente, la composición de la Ley también se ha visto bajo una nueva luz. Mientras que algunos historiadores han notado previamente que partes de la Ley se recibieron en dos días distintos y con dos semanas de separación, este estudio ilumina la naturaleza distinta y los propósitos del material recibido en esos días. Y lo que es mas, el análisis detallado ha demostrado que el material consistió de siete unidades de texto, y solamente una de ellas, aunque es la más grande de las unidades (58 por ciento de toda el documento), contiene la Ley en sí. Mas ampliamente, el estudio minucioso de la Ley ofrece conocimiento acerca del proceso revelatorio que produjo los textos canónicos de la Doctrina y Convenios y de la influencia profunda que tuvieron en la antigua comunidad Santo de los últimos Días.


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